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Pàgina 1 Acta del Ple del día 6 de juliol del 1967 Sessió extraordinaria Día 6 de Julio de 1967 Persones: Alcalde-Presidente D. Francisco Llobet Arnán Tenientes de Alcalde: D. Juan Miralles Bassa D. Juan Bertrán Viñolas D. Ramón Valls Borau D. Juan Sitjes Ballescá Concejales: D. Paulino Puig Tuset D. Antonio Estapé Xicola D. José Espelt Suñol D. Manuel Badillo Venega D. Silverio Botey Prat D. Jaime Angelet Bosch D. Juan Camins Rivera D. Antonio Galera Domene D. Carlos Lorente Rueda D. Mariano Puig Rovira Secretario: D. José Rierola Alibés Interventor: D. Pedro Casanovas Juncosa En la Casa Consistorial de Granollers a seis de Julio de mil novecientos sesenta y siete, siendo las veintitrés horas treinta minutos, se ha reunido el Ayuntamiento Pleno para celebrar sesión extraordinaria, previamente convocada al efecto. Preside el señor Alcalde D. Francisco Llobet Arnán y asisten todos los Tenientes de Alcalde y Concejales, a excepción de D. Juan Grau Valls que se halla en uso de licencia, el Secretario y el Interventor, cuyos nombres se expresan al margen. El señor Alcalde declara abierta la sesión bajo la siguiente orden del día: “Cesión de un solar para la construcción de un edificio destinado a “Casa Sindical Comarcal.” Seguidamente el Secretario da lectura a la siguiente Propuesta de la Alcaldía: “Con fecha 29 de Diciembre de 1.966, este Ayuntamiento Pleno, a propuesta de esta Alcaldía, tomó el acuerdo de destinar para para su cesión gratuita a la Organización Sindical u otro Organismo que corresponda, el terreno necesario se la Plaza Calvo Sotelo de esta Ciudad, para construir en él la Casa Sindical Comarcal, cuyas dimensiones y emplazamiento exacto se fijarían al conocer el anteproyecto del edificio a construir. Asimismo se acordó que una vez conocido dicho anteproyecto y fijadas las características y dimensiones del solar, se procedería a tomar los acuerdos pertinentes de desafección del terreno del uso público, a que actualmente se halla destinado, previa la correspondiente información pública, a inscribirlo en el Registro de la Propiedad como bienes de Propios, a acordar la cesión gratuita antes referida y a seguir todos los trámites reglamentarios e Pàgina 2 imprescindibles para la formación de la cesión, siendo condición especial de dicha cesión gratuita que la construcción del edificio deberá empezar dentro del plazo de dos años a partir del día del otorgamiento de la correspondiente escritura pública. Ha llegado a manos de esta Alcaldía el anteproyecto de dicha Casa Sindical Comarcal, en el que figura el emplazamiento exacto de la edificación y las demás características de la misma; y esta Alcaldía lo ha pasado a los servicios Técnicos municipales para que informaran a dicho emplazamiento y a las dimensiones del solar necesario para ello. De tal informe resulta que el solar que debe ocupar el edificio tiene una forma de trapecio rectángulo, con fachadas a las calles de Gerona u Maspons (continuación con una superficie de 879’75 m2, de los cuales hay una superficie de terreno de 133’50 m2 propiedad de la Renfe y el resto de 746’25 m2 forma parte actualmente de la Plaza Calvo Sotelo de esta Ciudad. Se da la circunstancia de que los metros cuadrados expresados, propiedad de la RENFE forman parte del edificio denominado “Vías y Obras” que según convenio firmado en 26 de Junio de 1.934, entre esta Ayuntamiento y la RENFE, esta en su clausula 4ª, se comprometió a lo siguiente: “El edificio denominado “Vías y Obras” quedará de propiedad de la Compañía de M.Z.A. y si debiera construirse en interés del Ayuntamiento, éste indemnizará su valor a la Compañía. Frente a este edificio se dejará una calle del ancho que determine el Ayuntamiento y que será como mínimo de 5 metros.” De ello se Pàgina 3 infiere que el Ayuntamiento tiene opción para adquirir dicho edificio, indemnizado su valor, ya que ello interesa al Ayuntamiento para poder destinar parte del mismo a incrementar la superficie del solar que se piensa destinar a construcción del edificio de la Casa Sindical Comarcal. De todo ello se desprende la necesidad que tiene el Ayuntamiento de tomas los pertinentes acuerdos, si juzga, como cree esta Alcaldía, que es sumamente conveniente para la Ciudad que se construya en el lugar indicado la Casa Sindical Comarcal. En su virtud esta Alcaldía propone la adopción de los siguientes acuerdos: Primero: Desafectar del uso público de plaza, a que actualmente está destinada la siguiente finca: Un solar situado en la Plaza de Calvo Sotelo de esta Ciudad, de superficie setecientos cuarenta y seis metros veinte y cinco decímetros cuadrados; que LINDA al Norte con la Calle Maspons (continuación), al Este con la calle de Gerona, al Oeste en una pequeña parte con el edificio de Vías y Obras de la antigua Estación de MZA y con la Plaza de Calvo Sotelo, y al Sur con la propia Plaza. Para mayor claridad se acompañará con el expediente el oportuno plano de situación. Segundo: Exponer al público el acuerdo de desafección por el plazo reglamentario de un mes a los efectos de examen y presentación de reclamaciones; y una vez firme el acuerdo proceder a la inclusión del descrito solar en el Inventario de Bienes municipales con la calificación de “Propios” y asimismo a su inscripción en el Registro Pàgina 4 de la Propiedad. Tercero: Iniciar inmediatamente con la RENFE las gestiones oportunas para la adquisición del edificio denominado de “Vías y Obras” de la antigua estación de M.Z.A. Cuarto: Ceder en su día gratuitamente a la Obra Sindical, digo, Organismo Sindical u otro Organismo oficial que corresponda, el solar descrito en el acuerdo primero y 133’50 m2 del edificio de Vías y Obras una vez adquirido por el Ayuntamiento, completándose de este modo los 879’75 m2 que tal Organismo precisa para la construcción del edificio destinado a la Casa Sindical Comarcal. Quinto: Que una vez seguida toda la tramitación, se remita el expediente al Ministerio de la Gobernación a fin de que autorice la expresada cesión gratuita. Sexto: Será condición indispensable de la cesión que el edificio de referencia empiece a construirse dentro e los dos años siguientes a la firma de la correspondiente escritura de cesión. No obstante el Ayuntamiento Pleno con su superior criterio acordará lo que estime procedente. Granollers, 5 de Julio de 1.967. El Alcalde. – Fdo. Francisco Llobet. Los reunidos por unanimidad acuerdan aceptar dicha propuesta y en su virtud adoptan todos y cada uno de los acuerdos que en la misma se proponen. Y no habiendo otros asuntos a tratar se levantó la sesión a las veintitrés horas cincuenta y cinco minutos de la que se Pàgina 5 extiende la presente acta que firman todos los asistentes; doy fe. Signatures
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