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Pàgina 1 Acta del Ple del día 25 de gener de 1968 Sessió ordinaria Acta del Pleno del día 25 de Enero de 1968 Persones: Alcalde-Presidente D. Francisco Llobet Arnán Tenientes de Alcalde: D. Julián Miralles Bassa D. Juan Sitjes Ballescá D. Carlos Lorente Rueda Concejales: D. Juan Camins Rivera D. Juan Bertrán Viñolas D. José Espelt Suñol D. Silverio Botey Gómez D. Manuel Badillo Venega D. Antonio Estapé Xicota D. Paulino Puig Tuset D. Mariano Puig Rovira D. Jaime Angelet Bosch Secretario: D. José Rierola Alibés Interventor: D. Pedro Casanovas Juncosa En la Casa Consistorial de Granollers, siendo las veintiuna horas del día veinticinco de enero de mil novecientos sesenta y ocho, se ha reunido en el Salón de Actos, el Ayuntamiento Pleno para celebrar la sesión pública ordinaria correspondiente al día de hoy. Preside el Sr. Alcalde Pàgina 2 Don Francisco Llobet Arnán y asisten los Tenientes de Alcalde, Concejales, Secretario e Interventor cuyos nombres se expresan al margen. El Sr. Alcalde da probada y legal excusa de asistencia del Teniente de Alcalde D. Juan Grau Gasch y de los Concejales D. Ramón Valls Borau, y D. Antonio Galera Domene, que no han podido asistir a la presente sesión por motivos justificados. El Sr. Alcalde declara abierta la sesión, bajo el siguiente: Orden del Día 1º. - Aprobación de los borradores de las actas correspondientes a las sesiones Ordinaria y Extraordinaria del día 28 del pasado Diciembre y la extraordinaria del día 11 del actual. 2º. - Decretos de la Alcaldía. 3º. – Propuesta de la Comisión de Gobernación sobre subasta de los almacenes del Mercado cubierto de Abastos. 4º. – Informe de Secretaria, sobre venta de parcelas sobrantes de vía pública, procedentes del antiguo Camino de Sta. Quiteria. 5º. - Ruegos y Preguntas. Actas – Seguidamente el Sr. Secretario procede a dar lectura de los borradores de las actas de las sesiones ordinaria y extraordinaria del día 289 del pasado Diciembre y extraordinaria del día 11 del actual, que son aprobadas por unanimidad. Decretos de la Alcaldía - Se acuerda el enterado de los Decretos dictados por la Alcaldía en el periodo comprendido entre el día 19 del Pàgina 3 pasado Diciembre y extraordinaria, el día 19 del actual, que son aprobados por unanimidad. Subasta de los almacenes del Mercado cubierto de Abastos. - El Secretario da lectura a una Propuesta de la Comisión de Gobernación en la que se manifiesta que estando ya adjudicados definitivamente todos los puestos de venta del Mercado cubierto de Abastos que se está construyendo en la Plaza del Cuartel de esta Ciudad así como el Bar proyectado en el mismo, estima la Comisión de Gobernación que ha llegado el momento de adjudicar mediante subasta los cuarenta y cinco almacenes previstos en el Proyecto y que según los anteriores acuerdos de este Ayuntamiento y el Presupuesto Extraordinario aprobado por la Superioridad, deben adjudicarse por el procedimiento de Subasta y por el tipo de licitación de 50.000 Pesetas, para cada puesto en dicha subasta, como es lógico, no podrán concurrir otros postores que los adjudicatarios de puestos de venta, ya que los almacenes van destinados únicamente a depósito de géneros y no sería razonable que dispusiera de almacén otra persona que no fuese titular de un puesto de venta; y que en cuanto al ingreso en la Caja Municipal del precio de adjudicación de los almacenes que se saquen a subasta, ha considerado oportuno que se haga en dos plazos, teniendo en consideración que el Mercado ya se halla en periodo muy avanzado de construcción. Por ello ha redactado las bases de la subasta que, en conjunto son las mismas que las que rigieron Pàgina 4 para la Subasta de puestos de venta con solo las siguientes modificaciones: Que únicamente podrán tomar parte en la Subasta los adjudicatarios o titulares de puestos de venta; y que los que resulten adjudicatarios deberán satisfacer el precio de adjudicación en dos plazos: el 50% al ocupar el puesto (de dicha parte de precios e deducirá el depósito o garantía en cantidad de 5.000 Pesetas, constituido para tomar parte en la Subasta), y el 50 por 100 del precio restante a los seis meses de la ocupación del puesto. Y, en su virtud, propone la adopción de los correspondientes acuerdos: Los reunidos por unanimidad acuerdan: Primero: Sacar a pública Subasta la adjudicación de los 45 almacenes previsto en el Proyecto del Mercado cubierto de Abastos que se está construyendo en esta Ciudad, por el tipo de licitación de 50.000 Pesetas para cada almacén. Segundo: Aprobar las Bases que se adjuntan y que habrán de regir en dicha Subasta. Dichas Bases, son las siguientes: 1. - La presente Subasta tiene por objeto la adjudicación de los almacenes del mercado de Abastos que se está construyendo en esta Ciudad, en número de y que se detallan y enumeran en el correspondiente plano. 2. - Todas las concesiones o adjudicaciones de los indicados almacenes se entenderán otorgadas por el plazo de cincuenta años, pasado cuyo plazo revertirán a favor del Ayuntamiento. Pàgina 5 3. - El tipo de licitación será la cantidad de cincuenta mil pesetas para cada puesto, no admitiéndose proposiciones u ofertas inferiores a dicha cantidad. 4. – Solamente podrán tomar parte en la Subasta los titulares de puestos en el expresado Mercado de Abastos, y cada titular de puesto de venta únicamente podrá solicitar la concesión de un almacén para cada uno de los puestos de venta de que sea adjudicatario. 5. – La adjudicación de un almacén da derecho al adjudicatario para utilizarlo para almacén de los géneros para cuya venta esté autorizado, y no podrá cederlo ni traspasarlo a persona alguna durante la concesión sin notificarlo previamente al Ayuntamiento, el cual en tal caso tendrá derecho a percibir lo que le corresponda por traspaso de un local comercial según los preceptos legales vigentes a la sazón, y se reserva también los derechos de tanteo y retracto que le correspondan. No se consideraría traspaso la continuación del negocio por parte del conyugue y de los descendientes directos. 6. – Los licitadores deberán constituir en la Caja Municipal o en Caja General de Depósitos la garantía de 5.000 Pesetas, cuyo resguardo habrán de presentar juntamente con la proposición para tomar parte en la Subasta. 7. – Las proposiciones para tomar parte en la Subasta deberán presentarse en pliego cerrado, una para cada almacén que soliciten, y en el anverso se escribirá lo siguiente: “Proposición para tomar parte en la Subasta para la adjudicación Pàgina 6 del almacén nº Las proposiciones se presentarán en la Secretaria del Ayuntamiento en los días hábiles de oficina y de 9 horas a 13 dentro del plazo de un mes a partir del día hábil siguiente al de la publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de esta Provincia. 8. – La apertura de pliegos tendrá lugar a las doce horas del día hábil siguiente al de la terminación del plazo para la presentación de plicas, en el despacho de la Alcaldía y ante una Mesa constituida por el Sr. Alcalde, o Teniente de Alcalde en quien haya delegado, el Teniente de Alcalde-Presidente de la Comisión de Gobernación o Concejal en quien delegue, y el Secretario del Ayuntamiento o funcionario Municipal que ostente su representación. El acto será público y las plicas serán abiertas por la Presidencia siguiendo el orden de presentación de las mismas y el de la numeración de los almacenes objeto de la Subasta. Si apareciesen dos o más ofertas iguales para un mismo almacén, que representen la mayor ventaja respecto a las restantes propuestas para el mismo almacén, se abrirá inmediatamente licitación verbal entre quienes las hubiesen presentado, por pujas a la llana durante quince minutos, y si transcurriese este tiempo sin que se decidiese el empate, se decidirá por Pàgina 7 sorteo la adjudicación provisional. En el caso de que no estuvieses presentes todos los licitadores afectados por el empate, o sus representantes legales, se les citará a fin de reanudar la licitación verbal para el cuarto día hábil siguiente; si tampoco concurriesen en su totalidad, se verificará la pugna entre los que concurriesen; si acudieses solamente uno se resolverá a su favor y si no se presentase ninguno se resolverá por sorteo. 8. - Terminadas las operaciones de apertura de plicas, la Mesa procederá a la adjudicación provisional a favor de las proposiciones que resultasen más ventajosas. Las proposiciones se reintegrarán con timbre del Estado de seis pesetas. 9. - Las presentes bases, así como el plano en que conste la numeración de los almacenes, estarán de manifiesto en la Secretaria Municipal, durante las horas de oficina en al plazo de presentación de proposiciones. 10. – Los adjudicatarios vendrán obligados a pagar mensualmente la cantidad de pesetas en concepto de alquiler del almacén o aquella otra cantidad que legalmente establezca el Ayuntamiento, después de oído el informe del Gremio o Agrupación de usuarios. 11. - Los almacenes no podrán ser destinados a otro objeto que el de almacenar los artículos para cuya venta esté autorizado el adjudicatario como titular de puestos en el mercado. 12. – La adjudicación de un almacén da derecho al adjudicatario a su utilización por el plazo de cincuenta años mientras cumpla con la obliga- Pàgina 8 ción establecida en la base anterior y cumpla los deberes que le imponga el Reglamento que se apruebe para el Mercado y los demás acuerdos complementarios que adopte la Corporación Municipal. Estos derechos son personales pero podrán traspasarse por actos intervivos o mortis causa de acuerdo con la Base cuarta. 13. - El adjudicatario que no esté al frente del puesto de venta por el cual ha obtenido la concesión de un almacén, por ausencia o enfermedad sin sustituto durante el plazo de un mes, y sin que lo haya puesto previamente en conocimiento del Ayuntamiento, se entenderá que renuncia a la ocupación del almacén, y el mismo será declarado vacante, sin que el adjudicatario tenga derecho a ninguna indemnización. 14. - Transcurrido el plazo de cinco días de haberse otorgado la adjudicación provisional de los almacenes, la Corporación Municipal otorgará la adjudicación definitiva a favor de las proposiciones más ventajosas entre las admitidas, y acordará la inmediata devolución de las fianzas constituidas por los licitadores a quienes no se les haya adjudicado ningún almacén, y requerirá a los adjudicatarios para que en el plazo que luego se dirá verifiquen el pago del precio de adjudicación, sin cuyo requisito quedará sin efecto la adjudicación, pudiéndose convocar nuevamente subasta para el almacén vacante, perdiendo el licitador la garantía constituida. Pàgina 9 15. – La forma de pago del precio de adjudicación será la siguiente: El 50 por 100 en el momento de ser ocupado el puesto por el adjudicatario (de dicha parte del precio se hará deducción de la cantidad de 5.000 Pesetas, depositada en concepto de garantía para tomar parte en la Subasta), y el 50 por 100 restante, a los seis meses de la ocupación de dicho puesto. 16. – Si el adjudicatario de un almacén renuncia al mismo antes de su ocupación, perderá el depósito de 5.000 ptas., constituido, que quedará a la libre disposición del Ayuntamiento. 17. – En todo lo demás no previsto en las presentes Bases será de aplicación el Reglamento de Contratación de las Corporaciones Locales y demás disposiciones reglamentarias vigentes, así como el acuerdo del Ayuntamiento Pleno de 31 de Marzo de 1.967. Las proposiciones para tomar parte en la Subasta deberán ajustarse al siguiente modelo: Don…………………………..vecino de ………………mayor de edad, domiciliado en……………..Calle de ..nº……., provisto de Documento Nacional de Identidad número ………………………concesionario de un puesto de venta en el Mercado cubierto de Abastos que se está construyendo en esta Ciudad, bien enterado de las bases que rigen en la Subasta para la adjudicación de almacenes en el mismo Mercado, solicita le sea adjudicado el almacén número………..del plano, ofreciendo para ello la cantidad de …………….(en letras y en cifras). – Fecha y firma del solicitante. - Granollers, a 22 de Enero de 1.968. Pàgina 10 Venta de parcelas sobrantes de vía pública del Camino de Sta. Quiteria. - Se da lectura al siguiente Informe-Propuesto de Secretaría. – La Comisión Municipal Permanente, en sesión celebrada el día 21 de Enero de 1.965, acordó iniciar el expediente de declaración de sobrante de vía pública del antiguo Camino de Santa Quiteria, tramo comprendido entre la Calle de Gerona y la Plaza Serrat y Bonastre, y se abrió el plazo de información pública por el término de un mes, a partir de la publicación del correspondiente Edicto en el Boletín Oficial de esta Provincia. El correspondiente anuncia fue publicado en dicho periódico oficial en la edición correspondiente a 25 de Febrero de 1.965, terminado el plazo de un mes el día 27 del siguiente Marzo sin que se presentara ninguna reclamación. El Ayuntamiento Pleno, con fecha 30 de Marzo de 1.965, teniendo en cuenta que no se había presentado ninguna reclamación, declaró aprobada definitivamente dicha declaración de sobrante de vía pública y dispuso que por parte de los Servicios Técnicos Municipales se procediese a la medición exacta de la superficie de dicho camino que se declaraba sobrante de vía pública, con expresión de los propietarios colindantes a fin de que pudiese procederse a la enajenación a los mismos de las parcelas correspondientes, a tenor de lo establecido en el Art. 100 y demás concordantes del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales. Pàgina 11 Al tratar de determinar los lindes de la porción de dicho camino declarada sobrante de vía pública, en el tramo comprendido entre la Calle de Gerona y Calle de la Industria, se encontraron dificultades para determinar exactamente los lindes en la parte extrema de dicho tramo tocando con la Calle de la Industria o sea en su extremo Sur, hasta que finalmente y en virtud de una escritura de establecimiento y segregación otorgada por Don Tomás Cladellas Angelet a favor de los consortes Don Antonio Segundo Vallverdú y Dª Joaquina Parera Pujadas, y autorizada por el Notario Don Lorenzo Valverde Galán en 26 de junio de 1.967, inscrita en el Registro de la Propiedad de este Partido al folio 222 del Tomo 554 del archivo, libro 79 de Granollers, finca nº 6.511, inscripción 1ª, pudieron aclararse tales dudas y actualmente ya pueden precisarse tales linderos del expresado tramo del antiguo Camino de Sta. Quiteria entre la Calle de Gerona y la Calle de la Industria, según el plano que se adjunta al presente informe. Por otra parte la Comisión Municipal Permanente, en acuerdo de fecha 30 del pasado Noviembre, acordó requerir a los propietarios colindantes para que dentro del plazo de quince días manifestasen por escrito o por comparecencia en Secretaría, si estaban dispuestos a adquirir las parcelas que les correspondiesen de dicho sobrante de vía pública lindantes con las fincas de su propiedad, al precio de 34 pesetas palmo cuadrado, en el bien entendido de que pasado dicho plazo sin hacer tal manifestación se Pàgina 12 entendería que renunciaban a tal adquisición ofreciéndose entonces a los demás propietarios colindantes, habiéndose efectuado tal requerimiento a dichos propietarios, o sea Don Tomás Cladellas Angelet, los esposos Don Antonio Segundo Vallverdú y Doña Joaquina Parera Pujadas, y Doña Teresa Cladellas Durán, con fecha 5 de Diciembre de 1.967. Dentro del plazo señalado Don Tomás Cladellas Angelet y los esposos D. Antonio Segundo Vallverdú y Dª Joaquina Parera Pujadas comparecieron en Secretaría e hicieron constar por escrito su conformidad a tal adquisición. Y si bien dentro el mismo plazo la otra propietaria Dª Teresa Cladellas Durán se personó en Secretaría, fue solamente para que se le explicaran las razones por las cuales no se procedía a la venta del otro tramo de dicho Camino de Santa Quiteria, o sea el comprendido entre la Calle de la Industria y la Plaza Serrat y Bonastre, manifestándole el Secretario infrascrito que se procedía por partes y que el Ayuntamiento tomaría los pertinentes acuerdos respecto a dicho tramo cuando lo estimase oportuno y que le reiteraba la advertencia de que si dentro del plazo que se le había dado no manifestaba su conformidad a la adquisición, se le tendría por desistida. Estima por consiguiente esta Secretaría que, disponiendo ya de todos los datos necesarios para ello, procede tomar los pertinentes acuerdos relativos a la enajenación de dicho sobrante Pàgina 13 de vía pública, es necesario tomar los acuerdos necesarios para dejar ultimado el expediente, y en su consecuencia propone la adopción de los siguientes acuerdos: Primero. – No habiéndose presentado en su día ninguna reclamación contra la declaración de sobrante de vía pública y desafección del consiguiente servicio público del antiguo Camino de Sta. Quiteria, tramo comprendido entre la Calle de Gerona y la Plaza Serrat y Bonastre, y habiéndose ya determinado la superficie y linderes de la parte de dicho sector comprendida entre la Calle de Gerona y la Calle de la Industria, y ratificando en lo necesario el acuerdo del Ayuntamiento Pleno de fecha 30 de Marzo de 1.966, se acuerda inscribir en el Inventario de Bienes Municipales, con la calificación de bienes de propios y luego solicitar su inscripción en el Registro de la Propiedad, la finca siguiente: Una porción de terreno de forma casi rectangular en su mayor parte, salvo en el linde Norte que termina en punta, de extensión superficial 222’64 metros cuadrados, equivalentes a 5.870’54 palmos También cuadrados; que linda al Norte con la Calle de Murillo, al Sur con la Calle de la Industria; al Este parte con la Calle de Gerona, parte con Tomas Cladellas Angelet y parte con los esposos Don Antonio Segundo Vallverdú y Dª Joaquina Parera Pujadas; y al Oeste parte con Dª Teresa Cladellas Durán y parte con los referidos esposos Antonio Segundo Vallverdú y Dª Joaquina Parera Pujadas. Segundo. - Teniendo en cuenta que dicha Pàgina 14 XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
Pàgina 15 parcela de terreno por su forma alargada no es susceptible de ser edificada por si sola, se acuerda de conformidad al Artículo 100 del Reglamento de Bienes de las Corporaciones locales venderla directamente a los propietarios colindantes, dándose por renunciado a la adquisición al propietario Dª Teresa Cladellas Durán, hay que a pesar del tiempo transcurrido hasta la fecha no ha manifestado su intención de adquirir la parte que le correspondería; y en su consecuencia la venta a los propietarios colindantes restantes, se realizará en la siguiente forma y siempre haciendo referencia al plano que se adjunta. Las parcelas señaladas de números 1 y 2 en el plano y que lindan al Norte con la parcela señalada de número 3, al Sur con la Calle de la Industria y al Este y Oeste con los esposos D. Antonio Segundo Vallverdú y Dª Joaquina Parera Pujadas, venderla en su totalidad a dichos esposos por ser los únicos propietarios colindantes, por el precio de 34 peseta palmo cuadrado, o sea por el precio de 41.362’36 pesetas. Dichas parcelas tienen la siguiente extensión superficial: La parcela nº 1, 36’66 m” equivalentes a 953’16 palmos cuadrados, y la parcela nº 2, 10’14 m2 equivalentes a 263’38 palmos cuadrados, o sea en junto 46’80 m2 equivalentes a 1.216’54 palmos cuadrados. La parcela señalada de número 3 en el plano, de extensión superficial 9’72 m2 equivalentes a 257’20 palmos cuadrados, y que linda al Norte con la parcela nº 4, al Sur con la parcela nº 3, al Oriente con los expresados esposos D. Antonio Segundo Vallverdú y Dª Joaquina Parera Pujadas, y al Pàgina 16 Oeste con Dª Teresa Cladellas Durán, se acuerda venderla a Don Tomás Cladellas Angelet por no haber manifestado su voluntad de adquirirla la otra colindante Dª Teresa Cladellas Durán, por el expresado precio de 34 pesetas palmo cuadrado que da un total de 149.491’20 pesetas. Tercero. – Se faculta ampliamente al Sr. Alcalde Don Francisco Llobet Arnán, para llevar a cumplimiento los restantes acuerdos y para poder otorgar y firmar las correspondientes escrituras de venta. No obstante el Ayuntamiento Pleno, con su superior criterio acordará lo que estime procedente. Granollers 22 de Enero de 1.968. - El Secretario. – Firma: José Rierola Alibés. Los reunidos por unanimidad acuerda adoptar todos y cada uno de los acuerdos que se proponen en La transcrita Propuesta y que no se copian de nuevo para evitar inútiles repeticiones. Ruegos y Preguntas El Sr. Alcalde propone y así se acuerda que conste en acta el sentimiento de la Corporación Municipal por el fallecimiento del Exministro Don Pedro Gual Villalbí, ilustre personalidad en todos los aspectos y de quien tantas atenciones tenía recibidas este Ayuntamiento en cuantas ocasiones tuvo que acudirse a él en asuntos relacionados con el gobierno de esta Ciudad, y trasladar a sus familiares los sentimientos de la Corporación Municipal con tan triste motivo. Pàgina 17 Asimismo y a propuesta del Sr. Alcalde se acuerda felicitar al Excmo. Sr. Don Alfonso Pérez Viñeta por su reciente toma de posesión del cargo de Capitán General de esta IV Región Militar, significarle la adhesión de esta Corporación Municipal y los deseos de una feliz gestión y acierto en el desempeño de tan alto cargo. Finalmente el Sr. Alcalde da cuenta de los actos que el próximo día 27 del actual se celebraran con motivo del Aniversario de la Liberación de esta Ciudad por el Ejercicio Nacional a los cuales asistirá el Excmo. Sr. Gobernador Civil dela Provincia, por lo que recomienda a todos los miembros de la Corporación Municipal que asistan a los expresados actos. Y después de acordar que la próxima reunión ordinaria del Pleno se celebre el último Jueves del mes de Febrero, se levanta la sesión a las veintiuna horas cincuenta minutos de la que se extiende la presente acta que firman todos asistentes; doy fe. Signatures
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