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Pàgina 1 Acta del Ple del dia 30 de juny de 1971
Día 30 de junio de 1971 Señores D. Francisco Llobet Arnan Tenientes de Alcalde Señores D. Mariano Puig Rovira D. Juan Bertran Viñolas D. Silverio Botey Gómez Concejales Señores D. José Espelt Suñol D. Antonio Galera Domene D. Antonio Climent Climent D. Pedro Diumaró Pou D. Antonio Bermedez Pallarés D. Juan Velayos Balcells D. Antonio Vacca Roca Secretario Señores D. Manuel Pi y Navarro Interventor Señores D. Pedro Casanovas Juncosa
En la Casa Consistorial de Granollers, siendo las veintidós horas del día treinta de Junio de mil novecientos setenta y uno, se ha reunido el Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria de Primera Pàgina 2 convocatoria bajo la presidencia del Iltre Sr Alcalde Presidente D. Francisco Llobet Arnan y con la asistencia de los Sres Tenientes de Alcalde D. Mariano Puig Rovira, D. Juan Bertran Viñolas y D. Silverio Botey Goméz los Sres Concejales D. José Espelt Suñol, D. Antonio Galera Domene, D. Antonio Bermúdez Pallarés, D. Juan Velayos Valcells y D. Antonio Vacca Roca así como la del Sr Interventor de Fondos D. Pedro Casanovas Juncosa, actuando de Secretario el que lo es de esta Corporación D. Manuel Pi y Navarro. El Sr Presidente da probada y legal excusa de asistencia del Sr Teniente de Alcalde D. Jaime Angelet Bosch y de los Sres Concejales D. Paulino Puig Tuset, D. Miguel Vilarrasa Vertrán, D. Antonio Estapé Xicota y D. Juan Camins Ribera, quienes no han podido asistir a la presente sesión por causas justificadas. El Sr Alcalde Presidente declara abierta la sesión, bajo el siguiente, Orden del Día 1º.- Aprobación de la minuta del acta de las sesiones anteriores. 2º.- Decretos de la Alcaldía dictados desde el 21 de mayo al 21 de junio de 1971. 3º.- Propuesta de la Alcaldía sobre adopción de los acuerdos definitivos en relación con la permuta de unos terrenos con la “Inmobiliaria Congost SA”. 4º.- Propuesta sobre concesión de Medallas al Mérito Deportivo, en su categoría de Bronce, al Presidente, Entrenador, Delegado de equipo y Jugadores del Club Balonmano Granollers. Pàgina 3 5º.- Propuesta de la Comisión de Urbanización y Obras, relativa al concurso para la adjudicación de las obras de “Ampliación del edificio de la Casa Consistorial fase de cerramiento de las fachadas Norte y Oeste”. 6º.- Expediente de suplementos de Crédito en el Presupuesto Ordinario vigente, por transferencia. 7º.- Propuesta de Suplementos de Crédito con cargo a ingresos no previstos en el Presupuesto Extraordinario de modernización del alumbrado Público sector Este. 8º.- Ruegos y Preguntas. Acta Sesión anterior.- Primeramente, se aprueba por unanimidad la minuta del acta de la sesión ordinaria anterior correspondiente al día veintisiete del Mayo último así como la de la sesión extraordinaria celebrada al día tres de Junio de mil novecientos setenta y uno. Decretos de la Alcaldía.- A continuación se acuerda el enterado de los Decretos dictados por la Alcaldía desde el día veintiuno del pasado mes de mayo hasta el día veintiuno de los corrientes. Propuesta de la Alcaldía sobre adopción de los acuerdos definitivos en relación con la permuta de unos terrenos con la “Inmobiliaria Congost SA”.- Acto seguido, se aprueba por unanimidad la siguiente propuesta de la Alcaldía: “Este Ayuntamiento, en sesión del pasado 29 de abril, acordó permutar unos terrenos propiedad Municipal, con otros pertenecientes a Inmobiliaria del Congost SA, para posteriormente, ser cedidos estos últimos, a la Diputación Provincial de Barcelona a fin de que construyan un parque Pàgina 4 principal de Bomberos. Igualmente acordó, proceder a la exposición pública de estos acuerdos, en la forma y plazos previstos en el Reglamento de Bienes de las Corporaciones Locales y una vez efectuado esta exposición pública hablar estos acuerdos a la Dirección General de Administración Local, para su debido conocimiento. El Edicto de Exposición, se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona n.º 123, correspondiente al 24 de Mayo de 1971 permaneciendo expuesto al público durante 15 días, finalizando la exposición el día 11 de Junio, sin que durante este plazo se formulase reclamación alguna. Como los reunidos recordarán, la finca propiedad Municipal que se permuta, se adquirió en su día con el único y exclusivo sin de afectarla al servicio Provincial de Extinción de Incendios. Posteriormente, y de acuerdo con las características exigidas por los servicios técnicos de la Diputación Provincial, existió la posibilidad de adquirir la que en estos momentos es propiedad de Inmobiliaria Congost SA, más idónea geométricamente más regular, mejor configurada y sobretodo más próxima al casco urbano de la Ciudad. Procede ahora, pues tomar los acuerdos definitivos, con carácter previo a la remisión del expediente a la superioridad. En su virtud, esta Alcaldía propone: Primero.- Ceder a Inmobiliaria del Congost SA, la siguiente finca propiedad de este Ayuntamiento: Pieza de tierra rústica, situada en la barriada de Palou, en este término Municipal, de extensión Pàgina 5 superficial aproximada, mil setecientas setenta y tres metros cuadrados, equivalentes a cuarenta y seis mil novecientos veintiocho palmos cuadrados de figura trapezoidal, lindante al Norte, con la finca de que se segrega en una línea de cincuenta y tres con cincuenta metros; al Oeste, con prolongación de la calle Jorge Camps, abierta en la finca matriz de que se segrega, en una línea de cuarenta y cuatro metros con sesenta centímetros. Al Este con una línea de cuarenta y cuatro metros con sesenta centímetros; al Este, con una línea de cincuenta y dos metros con cincuenta y cinco centímetros, con terrenos propiedad de 2ª Montserrat Canal Tusau y al Sur, con el resto de la finca matriz y en una línea de veintiséis metros. Esta finca queda grafiada en el plano adjunto en color azul. Segundo.- Aceptar de Inmobiliaria del Congost SA, mediante permuta con la finca anterior, la propiedad siguiente: Una porción de terreno de treinta metros de fachada en sus partes Norte y Sur de extensión superficial mil ochocientos metros cuadrados, situada en la barriada de Palou en este término Municipal, lindante al Norte con la finca o parcela 50 A) del polígono 11 del plano catastral, al Sur con la parcelan 57 A) del mismo polígono, al Este con el resto de la mayor finca de que se segrega, y al oeste con la Avda San Julián, antes, prolongación de la C/ Jorge Camp, esta finca queda grafiada en rojo en el plano adjunto. Tercero.- A los, efectos de los prevenido en el artículo 95 apartado 4º del Reglamento de Bienes de las Corporaciones Locales de 27 de mayo de 1955 poner esta permuta en conocimiento de la Dirección General de Administración Local. Pàgina 6 Propuesta sobre concesión de la medalla al mérito deportivo en su categoría de bronce, al Presidente, entrenador, Delegado de equipo y Jugador del Club Balonmano Granollers.- Asimismo se acuerda aprobar la siguiente propuesta: El Ayuntamiento Pleno, en sesión del día 27 de Mayo del corriente año, acordó la incoacción de oficio de un expediente para la concesión de la medalla de la Ciudad, en su categoría de bronce, a los actuales componentes del Club Balonmano Granollers: Presidente del Club, Entrenador, Delegado y Jugadores del primer equipo. Al serle encomendada al Teniente de Alcalde que suscribe la instrucción del expediente, acepto gustoso tal nombramiento y procuró adquirir los datos precisos para destacar los méritos que en ellos concurren además de tomar declaraciones testimoniales a algunos granollerenses que enriquecen con sus conocimientos al citado expediente. El Club Balonmano Granollers pone innumerables trofeos y distinciones entregados por las más altas organismos deportivos, en el año 1954 se concedió la Medalla al mérito Deportivo de la Ciudad y posteriormente se hizo extensiva, en forma individual a todas los componentes. Este Juez Instructor, considera que el Club Balonmano Granollers, posee un brillantísimo historial deportivo, batiendo récords y acumulando triunfos desde los comienzos: Los miembros que lo forman, como es lógico, han ido renovándose pero cabe mencionar que han seguido la misma pauta ascendente de triunfos que sus antecesores. Los señores D. José Antonio Cabrera Sánchez, D. Pàgina 7 Emilio Botey Alzina, D. Vicente Vacca Roca y D. Juan Barbany Pujol, que han prestado una valiosa colaboración con sus declaraciones, han puesto de relieve la labor llevada a cabo por el club en las últimos años. Durante las dos últimas temporada no se ha percibido ningún partido nacional, obteniendo los campeonatos de Copa y de Liga y representando a España en los campeonatos de Europa; a demás cabe mencionar el noble comportamiento de sus componentes que han sido unos dignos embajadores de las virtudes de nuestro pueblo, contribuyendo a que el nombre de Granollers, siga ocupando un lugar privilegiado dentro y fuera del deporte. Pocas veces concurren en un club tantos antecedentes que le hacen merecedor de honores y distinciones. Estima pues el que suscribe que los méritos de los actuales componentes del Club Balonmano Granollers son más que suficientes para que pueda concederseles tal distinción. Por ello de acuerdo con el reciente Reglamento Especial para la concesión de la Medalla de la Ciudad al Deporte habiendo cumplimentado los trámites oportunos, propone al Ayuntamiento Pleno la siguiente: Que se conceda la medalla de la Ciudad al Deporte, en su categoría de bronce a los Sres siguientes: D. Juan Alfonso Piferrer Margarit, Presidente del Club. D. Miguel Roca Mas, Entrenador del primer equipo. D. Isidro Estrade Roca, Delegado de equipo. D. José Perramon Acosta, Jugador del primer equipo. Pàgina 8 D. JoséMª Pérez Sardà, Jugador del primer equipo. D. José Galagó Alonso, Jugador del primer equipo D. Miguel Prat Palaus, Jugador del primer equipo D. Arné Boland Gervaud, Jugador del primer equipo D. Santos Labeca Martínez, Jugador del primer equipo D. Esteban Pacual Safont, Jugador del primer equipo D. Martín Pedragosa Gómez, Jugador del primer equipo D. Ricaro Carsoda Moran, Jugador del primer equipo D. José Maria Miracle, Jugador del primer equipo D. Juan García Grau, Jugador del primer equipo D. Pedro Bescó Puig, Jugador del primer equipo D. José González Barquilla, Jugador del primer equipo D. Vicene Boune-Maicon Comas, Jugador del primer equipo D. Jorge Fontelles Canet, Jugador del primer equipo D. Alejandro Viaña Gómez, Jugador del primer equipo D. Benito Torruella Oca, Jugador del primer equipo Propuesta de la Comisión informativa de Urbanización y Obras, relativa a la aprobación del Proyecto técnico y contratación mediante concurso de la ejecución de las obras de cerramiento de las fachadas norte y oeste del nuevo edificio de ampliación de la casa Consistorial. (Igualmente) Con aprobación del Plego de condiciones que ha de regir en dicho concurso.- Igualmente se acuerda por unanimidad aprobar la siguiente propuesta de la comisión Informativa de Urbanización y Obras: “Las obras de ampliación del edificio de la Casa Consistorial se hallan actualmente en avanzado estado de ejecución, habiéndose ultimado prácticamente su estructura y rematada la cubierta. Es, pues, llegado el momento de proceder al cerramiento de sus dos fachadas. Esta fase merece un singular cuidado y tratamiento teniendo en cuenta que la ampliación albergará todas las Pàgina 9 dependencias administrativas del Ayuntamiento, lo que exige en su cerramiento exterior unas condiciones especiales propias de un edificio moderno destinado a oficinas. El acierto de unas fachadas adecuadas al fin del inmueble es parte esencial de la totalidad de la obra. Esta Comisión, consciente de la importancia de esta fase de las obras, de acuerdo con la Alcaldía, sostiene el criterio de que su adjudicación debe hacerse por separado, independientemente del resto de las obras. Por ello, encargó los servicios Técnicos Municipales la redacción de un Proyecto especial para el cerramiento de dichas fachadas. La confección del Proyecto ha estado presidida por la idea de conjugar armónicamente lo funcional con lo estético. De ahí que la realización de ambas fachadas se resuelva en una combinación del muro de hormigón visto, moldeado según proyecto escultórico, y “muro cortina” a base de aluminio y acristalamiento. Se trate, pues, de un cerramiento con dos partes perfectamente diferenciadas. Solamente es objeto de esta propuesta la parte que afecta a la carpintería metálica y acristalamiento, cuyos detalles se reflejan cumplidamente en el Proyecto Técnico, y cuyo presupuesto asciende a 1.430.000 ptas. La contratación de estas obras, por su naturaleza especial, exige garantías o condiciones también especiales por parte de los contratistas. Consiguientemente, esta Comisión considera el concurso como la forma apropiada de celebración del contrato que nos ocupa, de conformidad a lo establecido en el n.º 3 del artículo 37 del vigente
Pàgina10 reglamento de contratación de las Corporaciones Locales, sin perjuicio de fijarse el tipo máximo de licitación del que se ajustarán las ofertas económicas. Se acompaña informe del Secretario General de acuerdo con lo dispuesto en la regla 1ª del artículo 20 del citado Reglamento, cuyo tenor literal es el siguiente: Informe: “En relación con la contratación de las obras de cerramiento de las fachadas norte y Oeste del nuevo edificio de ampliación de la Casa Consistorial, el Secretario que suscribe tiene el honor de informar lo siguientes: Que, a su juicio, la Corporación Municipal Municipal puede acordar acogerse a la excepción de dichas obras, pudiendo celebrarse el contrato mediante concurso al amparo de lo dispuesto en el número 3º del artículo 37 del vigente Reglamento de contratación de las Corporaciones Locales, quedando dicha excepción suficientemente justificada en razón a la especial naturaleza de las obras. Y para que así conste en el expediente de su razón, emite el presente informe de acuerdo con lo dispuesto en la regla 1ª del artículo 20 de dicho Reglamento, en Granollers a veinte de Junio de mil novecientos setenta y uno. En consecuencia, se ha ultimado la redacción del Pliego de Condiciones que ha se servir de base en el Concurso. Por los servicios técnicos se han redactado las condiciones meramente técnicas o facultativas, de acuerdo con el Proyecto Técnico, y por Secretaría General, las condiciones Pàgina 11 económico Administrativas. No Obstante, el pliego forma una sola unidad en méritos de una mayor claridad, brevedad y coherencia en su redacción y para seguras reiteraciones. Tanto el Proyecto Técnico cono el Pliego de Condiciones, se acompañan a la presente propuesta y se someten a la aprobación de la Corporación. Para la realización de de las obras y validez del contrato no se precisan autorización de ninguna clase y para el pago de su importe se efectuará con cargo a los Presupuestos Ordinarios de la Corporación mediante consignaciones adecuadas y en los ejercicios de 1971 y 1972. En su virtud, esta Comisión propone al Ayuntamiento Pleno, la aprobación de los siguientes acuerdos: Primero.- Aprobar el Proyecto Técnico de las obras de “Condición del Edificio de la Casa Consistorial, fase de cerramiento de las fachadas norte y oeste”. Segundo.- Contratar mediante concurso la realización de las obras a que se refiere el apartado anterior, en lo que afecta a la carpintería metálica y acristalamiento de dichas fachadas, por el tipo máximo de licitación de un millón cuatrocientas treinta mil pesetas. (1.430.000 ptas) adoptándose esta forma de contratación de conformidad con lo autorizado en el número 3 del artículo 37 del vigente reglamento de contratación de las Corporaciones Locales. Tercero.- Aprobar el Pliego de condiciones técnicas y económicas Administrativas que ha de regir en el concurso para la adjudicación de las condiciones referidas obras, que se acompaña a la Pàgina 12 presente propuesta, y que el mismo se anuncia públicamente durante el plazo en forma reglamentarias. Cuarto.- Facultar expresamente al Sr Alcalde Presidente para que, en su día, suscriba los documentos precisos para la contratación de las obras de acuerdo con el anterior pliego de condiciones. Pliego de Condiciones Técnicas y económicas Administrativas que han de regir en el concurso para la adjudicación de las Obras de “Ampliación del edificio de la Casa Consistorial fase de cerramiento de las fachadas Norte y Oeste.- Primera.- Objeto del Concurso.- Es objeto de este concurso la adjudicación de las obras de cerramiento de las fachadas Norte y Oeste del nuevo edificio de ampliación de la Casa Consistorial destinado a oficinas municipales y salón de reuniones de conformidad al Proyecto Técnico aprobado por este Ayuntamiento y según las siguientes condiciones técnicas mínimas: -El cerramiento de dichas fachadas comprenderá dos partes diferentes; Una, a base de muro de hormigón visto, moldeado según un proyecto escultórico que culminará una superficie rectangular de 6’20 m de base por toda la altura, en la fachada Norte, y una superficie en forma de TE girada, que culmina todo el piso del salón de reuniones y toda la parte vertical de la caja de escalera, en la fachada oeste. La otra parte culminará el resto de las dos fechadas y consistirá en un muro cortina a base de carpintería metálica y acristalamiento. Pàgina 13 Unanimanete es objeto de este concurso la obra de carpintería metálica y acristalamiento de las referidas fachadas Norte Oeste, excluido su paramento de hormigón. -El muro cortina culminará una parte rectangulares de 2’50 metros de base por toda la altura en la fachada norte y dos zonas rectangulares de 16’20 m de base en ambas por unas alturas de 5’65 y 9’25 m respectivamente. -El muro cortina se realizará en carpintería de aluminio extruido aleado, anonizado, color gris azulado mate. -La fachada Norte está dividida en tres partes iguales en cada planta, siendo la central practicable y las dos laterales fija. La fachada oeste tendrá tres cuerpos iguales, con cinco huecos en cada cuerpo, de los cuales los dos pares, serán practicables y los tres impares serán fijos. Además habrá otro cuerpo de solos dos huecos uno de ellos practicable y el otro fijo. -Entre cada uno de los cuerpos citados anteriormente existe una separación de treinta centímetros, correspondientes al pilar de hierro de la estructura, que erá también revestido de aluminio de la misma clase que el resto de la fachada. -Los cuerpos o aberturas practicables, lo serán con ventanales pivotantes alrededor de un eje vertical centrado. Las marcas serán fijos. -Además de los ventanales indicado, en la fachada oeste se formará la puesta de entrada, de la misma calidad que el resto y de acuerdo con los planos correspondientes. -La chapa que se utilizará tanto para la puerta, como para los practicables, y para el (...) de Pàgina 14 pilares será de 1’5 milímetros de grueso. Todos los huecos, practicables o no, de iluminación de cada planta, o sea todos los correspondientes al nivel en que existen los practicables irán cerrados con acristalamiento tipo “plarsol” i equivalente de seis milímetros de espesor. -Los huecos, restantes, o sea los situados a la altura de cada forjado serán cerrados con unidades de “Emalit” o similar, de color negro, de 6 milímetros de espesor. Segunda.- Personas que podrán concursar.- Podrán tomar parte en este concurso todas las personas naturales o jurídicas, que reúnan las condiciones legales para ser contratista, de acuerdo con el artículo 3º del Reglamento de contratación de las Corporaciones Locales aprobado por decreto de 9 de Enero de 1953 y que no estén incursas en ninguno de los casos de incapacidad o incompatibilidad que señalan los artículos 4º y 5º del citado reglamento. Además, por la naturaleza de la obra, los concursantes deberán reunir las condiciones especiales determinadas en la Memoria del Proyecto Técnico, debiendo acreditar con documento fehaciente su especialidad en obras de carpintería metálica de aluminio y acristalamiento de fachadas. Tercera.- Tipo de Licitación.- El tipo máximo de licitación, a la baja del cual habrán de realizarse las proposiciones, será la cantidad de un millón cuatrocientas treinta mil ptas (1.430.000 ptas) a que asciende el presupuesto total de la obra según el proyecto. La oferta económica más baja servirá unicamente para mejorar la proposición, pero en ningún caso Pàgina 15 será motivo de preferencia para la adjudicación de la obras. Cuarta.- Duración de las obras.- El plazo de realización de las obras será de tres meses a partir de la fecha de adjudicación del concurso. Quinta.- Forma de pago.- La forma de pago o del importe de adjudicación de las obras será la siguiente: Una Mitad, a la entrega de la totalidad del material en obras; el resto dentro del primer trimestre de 1972. Sexta.- Consignación Presupuestaria.- El pago de las obras se efectuará con cargo a los Presupuestos Ordinarios de esta Corporación mediante consignaciones adecuadas en los ejercicios de 1971 y 1972. Existe crédito suficiente en el actual presupuesto ordinario para el pago de la cantidad a que se obliga el Ayuntamiento Septima.- Garantías.- Para tomar parte en el concurso, los licitadores deberán prestar previamente una garantía provisional de veintiocho mil seiscientas pesetas (28.600 ptas) importe de 2 por 100 del tipo de licitación. El Adjudicatario deberá constituir la garantía definitiva, completando la provisional hasta la cantidad que resulte de aplicar el 4 por 100 al importe de adjudicación. Octava.- Proposiciones.- Las preposiciones para poder tomar parte en este concurso, debidamente reintegradas, se redactarán con sujeción al modelo inserto al final de este pliego. Los licitadores podrán sugerir en sus propuestas las modificaciones que puedan concurrir a la mejor realización del contrato, pero siempre con sujeción al Pliego de condiciones. A tal efecto deberán Pàgina 16 acompañar a sus proposiciones Memorias, Informes, croquis o proyectos, modelos diseñados, prospectos y documentos de toda índole que permitan conocer y valorar las ventajas y mejoras que representan sus ofertas. Novena.- Presentación de Pliegos.- Las proposiciones y los documentos que las acompañen se presentarán en la Secretaría General de este Ayuntamiento desde las nueve de la mañana a la una de la tarde, dentro del plazo que se iniciará a partir del día siguiente al de la publicación del primer anuncio en cualquiera de los Boletines Oficiales del Estado o de la provincia y concluirá el último día hábil anterior al señalado para la apertura de las plicas. Excepto el resguardo de la garantía provisional y la documentación acreditativa de la personalidad a que se refiere el artículo 29 del referido Reglamento de Contratación de las Corporaciones Locales, que se acompañarán por separado de las plicas, toda la documentación, acreditativa de la personalidad a que se refiere el artículo 29 der referido reglamento de contratación de las Corporaciones Locales que se acompañarán por superado de las plicas) digo, restante deberá presentarse en sobre cerrado, que podrá ser lacrado, y precintado, y en el que figurará la inscripción siguiente: “Proposición para tomar parte en el Concurso para la audición de las obras de cerramiento de las fachadas Norte y Oeste del nuevo edificio de ampliación de la Casa Consistorial”. En dicho sobre se incluirán los siguientes documentos: -Proposición redactada con arreglo al modelo que se inserta al final del presente pliego. Pàgina 17 -Memoria, informe, croquis o proyecto, modelo, diseño, prospecto, escrito o documento de cualquier índole detallando las ventajas técnicas que mejoren el contrato. -Justificante de hallarse en posesión del Carnet de Empresa con responsabilidad establecido por Decreto de 26 de Noviembre de 1954. -Documento fehaciente acreditativo de las condiciones especiales a que se refiere el párrafo 2º de la condición 2ª del presente pliego debiendo demostrarse con obras realizadas la calidad y duración de los fabricados a emplear en las obras . Décima.- Apertura de Pliegos.- La apertura de plicas se celebrará en el antedespacho de la Alcaldía al día siguiente de cumplirse los veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del último anuncio en los Boletines Oficiales a las trece horas ante la mesa constituida al efecto por el Sr Alcalde Presidente de Ayuntamiento, el Teniente de Alcalde Presidente de la Comisión de Urbanización y Obras, o miembros de la Corporación en quienes deleguen sus funciones, y por el Secretario General o funcionario en quien haya delegado. Se dará por terminado el acto de apertura de pliegos, sin efectuar adjudicación provisional, y se pasará el expediente a los Servicios Técnicos Municipales para que informen acerca de la mayor o menor ventaja de las proposiciones presentadas. Décimo Primera.- Adjudicación Definitiva de las Obras.- Una vez emitido por los técnicos Pàgina 18 municipales el correspondiente informe, será sometido a la consideración de la Corporación Municipal, a la cual efectuará la adjudicación discrecionalmente a la proposición que, según su juicio, resulte más ventajoso o declarará abierto el concurso si ninguno de los concursantes cumpliese el pliego de condiciones. Décimo Segunda.- Gastos del Concurso.- Todos los gastos que ocasione el presente concurso incluido el importe de las anuncias, y las designados de la formalización del contrato, serán a cargo del adjudicatario. Décimo Tercera.- Autorizaciones.- No se precisan autorizaciones para la validez del contrato. Décimo Cuarta.- Formalización del Contrato.- Una vez constituida por el adjudicatario la garantía definitiva, se procederá a la formalización del contrato mediante escritura pública. Décimo Quinta.- Recepciones Provisional y Definitiva.- Terminadas las obras se procederá a su recepción provisional. Formalizada la misma comenzará a contarse un plazo de garantía de seis meses transcurrido el cual , si es favorable el informe técnico a que hace refeencia el artículo 62-2 del citado Reglamento de contratación, y la Corporación no resolviere nada en contrario, se entenderá acordada la recepción definitiva. Décimo Sexta.- Devolución de la Fianza.- Efectuada la recepción definitiva, se procederá a la devolución de la fianza constituida, por los trámites reglamentarios. Décimo Séptimo.- Cumplimiento del contrato.- Después de finalizado el plazo para la ejecución Pàgina 19 de las obras, sin que éstas hayan sido terminadas, se impondrá al contratista una sanción diaria por demora de mil quinientas pesetas. Aparte de las responsabilidades en que se pueda incurrir el contratista, con carácter general, responderá igualmente de las deficiencias en las obras o materiales empleados. Décimo Octava.- Otras obligaciones del Contratista.- El contratista estará obligado a cumplir estrictamente lo dispuesto por las leyes protectoras de la Industria Nacional y disposiciones de carácter laboral, en todos sus aspectos, incluidas las de Previsión y Seguridad Social. Décimo Novena.- Disposiciones Aplicables en este concurso.- En todo lo no previsto en el presente Pliego de condiciones, regirá el Reglamento de Contratación de las Corporaciones Locales aprobado por Decreto de 9 de enero de 1953 y demás disposiciones vigentes en materia de contratación. Vigésima.- Modelo de proposición.- Las proposiciones para tomar parte en este concurso, se redactarán con arreglo al siguiente modelo: “Don__________________________________ Mayor de edad, vecino de____________________ con domicilio en la _________________ de_________________ número_____ piso_______; provisto del Documento Nacional de Identidad número____________________________________ Expedido en _________________ el día _______ de ___________ de ___________ en nombre propio (o en representación de__________________₎; bien enterado del Pliego de Condiciones técnicas y económico administrativas que han de regir en el Concurso para la adjudicación de las obras de cerramiento de las fachada Norte y Oeste del nuevo edificio de ampliación de la Casa Pàgina 20 Consistorial de Granollers, me comprometo a ejecutar dichas obras con estricta sujeción a las mencionadas condiciones, que acepto integramente, por la cantidad de___________________ptas (en letras y cifras). Ofrezco además, los extremos siguientes que avalan mi proposición:_________________________ Declaro bajo mi responsabilidad que no me hallo comprendido en ninguno de los casos de incapacidad o incompatibilidad señalados en los artículos 4º y 5º del vigente Reglamento de Contratación de las Corporaciones Locales y me obligo a cumplir lo dispuesto por las Leyes protectoras de la Industria Nacional y del Trabajo, en todos sus aspectos, incluidos los de Previsión y Seguridad Social. (Lugares, fecha y firma del licitador)”. En Granollers a veintiséis de Junio de mil novecientos setenta y uno.” Pregunta de la Comisión de Hacienda sobre Habilitación y suplementos de Crédito en el Presupuesto Ordinario vigente, por transferencia.- De acuerdo con la propuesta de la Comisión Informativa de Hacienda, se acuerda aprobar habilitaciones y suplementos de crédito por medio de transferencia, arreglo a la siguiente distribución: A).- Aumentos 1.1-16- Plus Familiar Personal Brigada 350.000 1-2-31- Saldo 5% especial Munpal. Cuotas 52.420’52 1-2-37- Dis. Diferencias cuotas 4% especial. Munpal. Años 1969-70 191.167 593.587’87 2 u 43- Material escritorio Recaudación 15.000 2 u 83- Asistencia Sociales 40.000 Pàgina 21 3 u 123-Gastos condicionamiento sitio basurero 100.000 593.587’87 2 u 142 Campaña de desratización 12.000 3 u 145 Actualización de pensiones graciables a cargo Ayt. 233.000 400.000 6-1-181 Adquisición y colocación de señales de tráfico 400.000 400.000 Total 1.393.587’87 B) Bajas 6-1-198 Crédito para planes y proyectos 300.000 6-1-185 Fecsa 350.000 6-1-194 Adquisición mobiliario Casa Consistorial 568.587’87 6-1-196 Adquisición coche Sev. Oficial 175.000 1.393.587’87 Total 1393.587’87 De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 181-3 de la Ley de Régimen Local, se acuerda asimismo que el expediente tramitado sea expuesto al público en la forma y plazo reglamentario. Propuesta de la Comisión de Hacienda sobre suplementos de créditos con cargo a ingresos no prescritos en el presupuesto extraordinario de modernización del alumbrado público, sector Este.- Seguidamente se aprueba otra propuesta de la misma concesión Informativa de los siguientes particulares: “La Comisió9n de Hacienda que suscribe ha examinado la situación actual en la gestión del Presupuesto extraordinario de modernización alumbrado Sector Este, aprobado por el Ministerio de Hacienda según orden de 16 de Diciembre de 1965 según, comunicado n.º 508/66 de 23 del propio mes. Habiéndose aprobado por el Ayuntamiento en sesión celebrada el día 4 de Julio de 1968 un presupuesto en sesión celebrado el día 4 de Julio de 1968 un presupuesto de obra adicional Pàgina 22 comprensivo de los gastos de concesiones y otros por un importe de 2.010.005’63 ptas procede acordar el correspondiente suplemento de crédito con cargo a ingresos no previstos y que incrementarán realmente las cantidades del Presupuesto extraordinario. Por todo lo cual la Comisión de Hacienda que suscribe, tiene el honor de proponer al Ayuntamiento Pleno, se sirva acordar. 1º.- Suplementar la partida nº3 del presupuesto extraordinario de gastos referido según detalle: Consignación inicial (partida 3) 4.497.849’88 Suplemento que se propone a la propia partida 2.010.006 Crédito final 6.507.856’88 2º.- Que para la cobertura de dicho suplemento se utilicen los siguientes ingresos no previstos en la confección del Presupuesto extraordinario: a).- Contribuciones especiales de mejoras: 80% sobre 2.010.006 1.608.005 b).- Aportación del presupuesto ordinario con cargo a su partida 226 402.001 2.010.006 3º.- Que se proceda a la exposición al público por el plazo reglamentario al objeto de admisión y, en su caso, resolución de reclamaciones.” Ruegos y Preguntas.- Sentimiento de la Corporación por fallecimiento del Maestro Altisent.- A propuesta del Concejal Sr Velayos se acuerda por unanimidad hacer constar en acta el sentimiento de esta Corporación por el reciente fallecimiento del Maestro Altisent, compositor y Presidente de la Comisión de música del Conservatorio Superior del Liceo de Barcelona, personalidad que ha Pàgina 23 contribuido de forma singular en pro de la música en Granollers, transmitiéndose este sentir corporativo a la viuda del Maestro. Y no habiendo más asunto de que tratar se levanta la sesión siendo las veintitrés horas y quince minutos, de la que se extiende la presente acta que firman todos los asistentes conmigo, el Secretario, de que certifico.
Signatures
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