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Pàgina 1 Acta del Ple del dia 28 de desembre de 1972
Día 28 de diciembre de 1972 Sesión ordinaria Señores D. Francisco Llobet Arnán Alcalde Presidente Tenientes de Alcalde Señores D. Pedro Diumaró Pou D. Juan Bertrán Viñolas D. Jaime Angelet Bosch D. Silverio Botey Gómez Concejales Señores D. Antonio Climent Climent D. Antonio Bacca Roca D. José Espelt Seuñol D. Antonio Galera Domene D. Miguel Vilarrasa Bertrán D. Juan Velayos Balcells D. Mariano Puig Rovira Secretario Señores D. Jaime Sánchez Isac Interventor Señores D. Pedro Casanovas Juncosa
En la Casa Consistorial de Granollers, siendo las veintidós horas del día veintiocho de Diciembre de mil novecientos setenta y dos, se ha reunido el Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria de primera convocatoria, correspondiente al día de la fecha, bajo la Presidencia del Iltre. Sr. Alcalde D. Francisco Llobet Arnán, y con la asistencia de los Tenientes de Alcalde D. Pedro Diumaró Pou, D. Juan Bertrán Viñolas, D. Jaime Angelet Bosch, D. Silverio Botey Gómez y de los concejales D. Antonio Vacca Roca, D. Antonio Climent Climent, D. José Espelt Suñol, D. Antonio Galera Domene, D. Miguel Vilarrasa Bertrán, D. Juan Velayos Balcells y D. Mariano Puig Rovira, actuando de Secretario el titular de la Corporación D. Jaime Sánchez Isac, asistiendo asimismo el Sr Interventor de Fondos D. Pedro Casanovas Juncosa. Pàgina 2 Han excusado su asistencia los Concejales D. Antonio Estapé Xicota, D. Antonio Bermúdez Pallarés, D. Juan Camins Ribera y D. Paulino Puig Tuset. El Sr Presidente declara abierta la sesión bajo el siguiente: Orden del día 1º.- Aprobación minuta del acta sesión anterior. Mociones de la Alcaldía 2º.- Fijación tipo aplicación arbitrio sobre solares edificados y sin edificar. 3º.- Anulación participación guardia Municipal en multas y creación fondos productividad. Comisión de Urbanización y obras. 4º.- Aceptación terrenos en confluencia C/ Roger de Flor y Bages y Rech, ofrecido por Sr Anfruns. 5º.- Aprobación provisional urbanización de Casco Urbano en zona comprendida entre la c/ Primer Marqués de las Franquesas límite del término Municipal de las Franquesas Via Férrea y c/ Gerona. 6º.- Aprobación inicial proyecto técnico aliviadero n.º5. Comisión de Gobernación 7º.- Extensión casco urbano a efectos de transportes urbanos. Comisión de Hacienda 8º.- Subrogación concesión restaurante Farín. Ruegos y preguntas Acta de la cesión anterior.- Dada lectura al acta de la sesión anterior, fue aprobada por unanimidad y sin enmienda alguna, advirtiendo el funcionario actuante a los asistentes, la obligación que tienen de firmarla. Pàgina 3 Mociones de Alcaldía. Fijación tipo de aplicación arbitrio sobre solares edificados y sin edificar.- Seguidamente diose lectura a una Moción de Alcaldía del siguiente tenor: “El artículo 590 de la Ley de Régimen Local, autoriza la imposición de un arbitrio sobre solares edificados y sin edificar con el tipo máximo del 0’25 por 100 sobre el valor de los terrenos radicados en el término municipal.- En su virtud el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 27 de Julio de 1972, acordó la implantación del expresado arbitrio con destino específico a atender el servicio de intereses y amortización del empréstito de 38.000.000 pesetas concedido por el Banco de Crédito Local de España para financiar el presupuesto extraordinario tramitado para construcción de Museo, compra de terrenos para instalaciones escolares y abono de indemnizaciones de ocupantes de fincas que han de ser desalojadas.- Dicho acuerdo fue expuesto al público mediante edicto inserto en el Boletín Oficial de la Provincia nº182 del día 31 de Julio de 1972, sin que durante el plazo hábil que terminó el día 18 de Agosto de 1972, se formularon reclamaciones.- El informe Técnico emitido al efecto fija el valor de los solares edificados y sin edificar ubicados en el término municipal en la cantidades de 4,191,708,468 pesetas a la que aplicando el 0’25 por 100 da un rendimiento para el arbitrio de 10.479.271 pesetas.- Y excediendo dicha cantidad de la de 3.472.455’25 pesetas importe de la anualidad constante del empréstito de referencia, el Acalde Presidente que suscribe Pàgina 4 tiene el honor deproponer al Ayuntamiento Pleno, se sirva acordar: 1º.- Fijar en el 0’09 por 100 el tipo de gravamen aplicable para la exacción del arbitrio sobre solares edificados y sin edificar a partir del 1º de Enero de 1973. 2º.- Solicitar la correspondiente autorización de la Dirección General de Administración Local.- El Ayuntamiento con su superior criterio acordará lo que estime más oportuno.- Granollers, 22 de Diciembre de 1972.- El Alcalde.- Firmado: Francisco Llobet Arnán”. Y el Ayuntamiento Pleno tras amplio intercambio de impresiones acordó por unanimidad aprobar la anterior Moción a todos los efectos legales y en todo su contenido. Anulación participación guardia Municipal en multa y creación fondo productividad.- A continuación diose lectura a la Moción de Alcaldía del siguiente tenor: “Esta Corporación Municipal tiene en presupuesto una partida destinada a gratificar a los Guardias Municipales en sus funciones de Policía mediante una participación en la cuantía de las multas impuestas. Circunstancia de sentir colectivo, basadas en criterios de racionalización administrativa y de reparación del agente sancionador del importe de la sanción, aconsejan la adopción de las siguientes medidas: 1º.- Suprimir la actual estructura del fondo de participación en las multas, de modo que no exista proporcionalidad directa entre el número de sanciones propuestas por cada guardia y la cantidad que perciba en mano. 2º.- Aprobar las bases adjuntas de reparto tendentes a objetivar las percepciones en función de un baremo de productividad, Pàgina 5 condiciones personales del funcionario como son el celo, disciplina, corrección en el desempeño de las funciones y, en general, el nivel individual funcionarial.- El Ayuntamiento Pleno resolverá lo que estime más procedente.- Granollers, veintitrés de Diciembre de mil novecientos setenta y dos.- El Alcalde: Francisco Llobet Arnán”. Y el Ayuntamiento Pleno, tras amplio intercambio de impresiones, acordó por unanimidad de todos los miembros presentes, aprobar el anterior escrito de Alcaldía, contensivo de Moción, a todos los efectos legales y en la totalidad de su contenido. Comisión de Urbanización y Obras. Aceptación terrenos en confluencia calles Roger de Flor, Torras y Bages y Rech.- A continuación se dio lectura a la siguiente Moción de Alcaldía: “Por esta Alcaldía se ha solicitado de Don Jaime Anfruns Jané, la cesión de los terrenos necesarios para la urbanización del espacio sito en la confluencia de las calles Roger de Flor, Torras y Bages y Rech. La Construcción del nuevo puente sobre el rio Congost de la Ctra de Caldas y la definitiva urbanización de la zona han motivado a esta Alcaldía a solicitar dicha cesión, en una superficie de 1.086 m² , que habrá de permitir la construcción de aceras en los chaflanes, zonas ajardinadas y viales, a fin de lograr que la circulación tenga la mayor fluidez y comodidad posible en un punto de la ciudad caracterizado por ser centro de tres corrientes de la mayor intensidad. D. Jaime Anfruns Jané ha aceptado el escrito del siguiente tenor: “En contestación a su escrito de fecha 23 de Pàgina 6 noviembre último, en el que me solicita la cesión de unos terrenos para la construcción de la Plaza junto al Puente de Caldas, me complazco en ratificarle el contenido de las conversaciones que hemos sostenido a este efecto y por ello dispuesto a ceder el terreno que considere necesario, mientras no afecte al edificio que tenemos proyectado y que debe dar frente a dicha plaza por su parte norte, y me den un tiempo prudencial para utilizar los cubiertos existentes en la zona que debe ser cedida.- Quisiera también, que a los efectos legales oportunos, quedara constancia de esta cesión en cuanto pudiera afectar al resto del terreno de mi propiedad en el futuro”. En consecuencia esta Alcaldía es del parecer de proponer al Ayuntamiento Pleno a la adopción de los siguientes acuerdos: Primero.- Aceptar los terrenos ofrecidos por D. Jaime Anfruns Janés, gratuitamente, para la urbanización de la confluencia de las calles Roger de Flor, Torras y Bages y Rech, a los efectos del mejor embellecimiento y ordenación de aquel punto de la Ciudad. Segundo.- Hacer constar en Acta tal cesión a todos los efectos legales pertinentes, así como el agradecimiento de la Corporación. El Ayuntamiento Pleno, resolverá.- Granollers, veintisiete de Diciembre de mil novecientos setenta y dos.- Firmado: Francisco Llobet Arnán”.- El Ayuntamiento Pleno tras amplio intercambio de impresiones acordó por unanimidad aprobar el anterior escrito, contensivo de Moción de Alcaldía, a todos los efectos legales y en todo su contenido. Aprobación provisional proyecto de urbanización y extensión del casco urbano en zona comprendida entre Calles 1º Marqués de las Franqueses, límite del término Municipal de Las Franqueses, vía férrea de enlace entres Las Franquesas y Granollers Centro y Calle Gerona.- Pàgina 7 A continuación diose lectura a una propuesta de la Comisión de Urbanización y Obras en la que se expone que este Ayuntamiento en sesión ordinaria de veintiséis de Octubre del setenta y dos, adoptó el acuerdo de adoptar, digo, de aprobar inicialmente el proyecto epigrafiado, cuyo exposición pública se verificó mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Provincia el día trece de Noviembre de setenta y dos, sin que haya formulado reclamación ninguna, proponiéndose los siguientes acuerdos: Primero.- Aprobar provisionalmente al citado proyecto técnico relativo a urbanización y extensión del casco urbano (Zona comprendida entre la Calle 1er Marqués de las Franquesas límite del término municipal de Las Franquesas, la vía Férrea de enlace entre Las Franqueas y Granollers Centro y calle Gerona). Segundo.- Remitirlo a la Comisión Provincial de Urbanismo, para su aprobación definitiva, y el Ayuntamiento Pleno tras amplio intercambio de impresiones acordó por unanimidad aprobar el anterior dictamen y los acuerdos en el contenido. Aprobación inicial proyecto aliviadero número cinco.- A continuación diose lectura a un dictamen de la Comisión de Urbanización y Obras en el que se expone la necesidad de proceder a la solución del problema de las aguas pluviales en nuestra Ciudad Pàgina 8 en el gran tramo de circulación Norte-Sur, para lo cual se han estudiado la construcción de varios aliviaderos en sentido Este-Oeste, cortando así las aguas descendentes y conduciéndolas al río Congost. Dentro de esta política se presenta a la aprobación del Ayuntamiento Pleno el proyecto de aliviadero número cinco que se inicia en su parte Oeste en la Calle Monturiol, en cruce con la calle Industria de Canovellas, para unirse al río Congost, en su parte Este, donde desemboco. El Proyecto asciende a un millón setecientas ochenta mil ciento veintinueve pesetas. Tras amplio intercambio de impresiones, se acordó por unanimidad de todos los miembros presentes de la corporación: Primero.- Aprobar inicialmente el proyecto de referencia. Segundo.- Exponerlo al público de conformidad con el artículo 32 de la Ley de Doce de Mayo de 1956. Comisión de Gobernación. Extensión casco urbano a efectos de transportes.- A continuación diose lectura a un dictamen de la Comisión de Gobernación del siguiente tenor literal: “Como consecuencia al acuerdo tomado por el Ayuntamiento Pleno en sesión de veintisiete de Junio último, por el que solicitaba la aprobación del casco urbano ficticio a efectos de transportes urbanos al Excemo. Sr. Ministro de Obras Públicas, la 5ª Jefatura Provincial de Transportes, en escrito de 4 de Noviembre último interesaba. Como complemento a la petición formulada por este Ayuntamiento, un estudio de las variaciones respecto al antiguo casco urbano, aprobado, así como de la ampliación de los servicios de la parte urbana de viajeros técnicos de este Ayuntamiento.- Por ello, por parte de los servicios técnicos de este Pàgina 9 servicios técnicos de este Ayuntamiento se ha confeccionado el plano que se acompaña a la presente propuesta en el que queda detallados, conforme interesa la 5ª Jefatura Regional de Transportes, los siguientes extremos: Primero.- Perímetro del Casco Urbano, Antiguo. Segundo.- Perímetro del Nuevo Casco Urbano ficticio del que se solicita la correspondiente aprobación. Tercero.- Zonas a que afecta el nuevo caso urbano ficticio. Cuarto.- Recorrido de los nuevos servicios de transporte de viajeros que discurren, en parte por el nuevo casco urbano ficticio.- Con este motivo, esta Comisión tiene el honor de proponer al Ayuntamiento Pleno, se sirva acordar: Sea aprobado el plano adjunto con los estudios realizados por los servicios técnicos, respecto a las variaciones interesadas por la 5ª Jefatura Provincial de Transportes, los cuales quedan detallados en el cuerpo de la presente propuesta, y remitir el referido plano el dicho Organismo para así continuar el correspondiente trámite”. Y el Ayuntamiento Pleno tras amplio intercambio de impresiones acordó por unanimidad de todos los miembros presentes aprobar el anterior dictamen y los acuerdos en el contenidos. Comisión de Hacienda. Instancia subrogación concesión Restaurante Farín.- A continuación se dio cuenta de una instancia suscrita por Don Alberto Camp Puigdomenech, Matías Llobet Villa y Don Jaime Font Centellas, por una parte y de Don Lorenzo Farín Padrós de otra, en la que exponen que los suscritos Sres Camp, Pàgina 10 Llobet y Font tienen el proyecto de constituirse en sociedad Anónima para dedicarse a la explotación del Restaurante en régimen de concesión administrativa a favor de Don Lorenzo Farín Padrós a cuyo efecto, de conformidad con la cláusula 13 del pliego de condiciones, el Sr Farín presta, consentimiento a tal propósito. Que de conformidad con los artículos 127 del Reglamento de Servicios, entienden los exponentes, esta Corporación Municipal tiene atribuciones no solamente para aceptar la subrogación o traspaso de la concesión sino también para modificar el tiempo de duración de la misma y el canon que ha de pagar el concesionario, teniendo en cuenta que debe salvaguardarse el equilibrio financiero de la concesión para el concesionario. Por todo ello y para obtener la correspondiente autorización municipal necesaria para realizar las finalidades de la sociedad en proyecto, solicitan al Ayuntamiento tal subrogación con sujeción a las siguientes condiciones: Primero.- Los cánones mensuales de diez mil pesetas para los años 1970 y 1971 y de veinte mil pesetas para los años 1972 a 1979 se unificaría al tipo uniforme de diez mil pesetas mensuales por durante el periodo de los primeros quince años de la concesión. Este canon se incrementaría en su cincuenta por ciento, fijándose en quince mil pesetas mensuales desde el momento en que la compañía concesionaria verifique obras de ampliación de local, ya en espacio de propiedad municipal ya particular. En el segundo período de diez años, de la concesión, el canon asimismo se aumentará en el cincuenta por cien, fijándose en veintidós mil quinientas mensuales si Pàgina 11 se hubieran efectuado obras.- En quince mil pesetas sino se ha modificado el cuerpo del local. Segundo.- El periodo de la concesión se reducirá de cincuenta años a veinticinco, que empezaría a contarse a partir del momento en que por el Ayuntamiento Pleno se resolviera favorablemente la presentación. Tercero.- El Ayuntamiento a cambio de la dedicación del plazo de la concesión y fijación del tipo del canon mensual del modo indicado daría de baja todos los cánones devengados y no pagados hasta la fecha, a cargo de Don Lorenzo Farín. Cuarto.- El abono de todas las obras mejoras, fondo de comercio y cualquier otro concepto similar que pudiera acreditar Don Lorenzo Farín Padrós en el supuesto de una eventual declaración de caducidad de la concesión, frente al Ayuntamiento, anterior a la subrogación que se interesa, serán abonados particularmente por los exponentes al citado Sr Farín, quien, con este documento manifiesta su conformidad, plena aceptación a tal circunstancia y que cuando los nuevos concesionarios constituidos en sociedad subrogada inicien su actividad, abandonará el local comercial “Restaurante Farín”, dejándolo en el estado en que se encuentra y levantándose un inventario por triplicado ejemplar con descripción del local comercial, lista de maquinaria, enseres y utillaje de toda clase, asó como documentación fotográfica del interior (enseres y utillaje de todas clases, así) de dicho local que será suscrito por cedente y concesionario de la concesión.- Quinto.- Los exponentes, al finalizar el plazo de veinticinco años se comprometen
Pàgina 12 a dejar el local en perfectas condiciones de utilización y a que todas las mejoras que lleven a cabo en el transcurso de dicho tiempo (autorizadas por acuerdo municipal) acrecerán las instalaciones del restaurante para quedar en propiedad del Ayuntamiento, al fin de la concesión. Sexto.- El Ayuntamiento autorizará el cambio de nombre del restaurante Farín en el momento en que se verifiquen la subrogación objeto del presente escrito, si se solicita. Septimo.- El Ayuntamiento autorizará la ampliación del local objeto de la concesión siempre que la misma no vaya en detrimento de la solidez de la construcción del edificio, previo acuerdo municipal y en las condición primera. Suplican se apruebe por el Ayuntamiento la subrogación se personas en la concesión vigente con Don Lorenzo Farín Padròs, en relación al restaurante sito en calle Gerona nº68. Diose cuenta asimismo, de un informe de Intervención de Fondos y de la Comisión de Hacienda, sobre la petición de referencia, ambos favorables a la subrogación solicitada. Tras amplio intercambio de impresiones se acordó por unanimidad: Primero.- Aceptar la subrogación de concesionario en la Industria de restaurante instalada en régimen de concesión, en el local de propiedad municipal sito en calle Gerona nº68. Segundo.- Adicionar las condiciones ofrecidas con las siguientes: Primero.- El Ayuntamiento nombrará Interventor en la confección del Inventario previo a la transmisión de la posesión de los bienes objeto de la concesión, de modo similar al previsto en el Artículo 131 del Reglamento del Servicio, que, a su vez, informará a la Corporación Pàgina 13 sobre el estado de las obras, máquinas, y demás elementos instalados en la industria. Segundo.- Dicho inventario deberá adicionarse anualmente con las adquisiciones y mejoras que se verifiquen, siendo la base de los bienes que revertirán a la Corporación al fin de los veinticinco años de concesión que se aprueban. Ruegos y Preguntas.- El Iltre. Sr. Alcalde manifestó a los Sres. miembros de la Corporación que aprovechaba este último Pleno del año para felicitar a la Ciudad, en nombre propio y en el de la Corporación, con motivo del próximo año 1973, que añadió, deseaba fuera de total prosperidad y paz para Granollers. Como resumen de la actividad Corporativa del año, hizo constar en Acta la finalización de la traída de aguas dentro del año 1972, obra de carácter fundamental para la colectividad ciudadana, así como la labor de ordenación del territorio a través de distintos planes parciales y proyectos de urbanización, tramitados por el Ayuntamiento.- Asimismo quiso expresar su agradecimiento a todos los Sres. Concejales y Tenientes de Alcalde, funcionarios municipales, con especial referencia al Secretario General, que ha cumplido un año en su destino cooperando con su actividad a la buena marcha de los Servicios Municipales, justamente con el equipo del municipio, cuya laboriosidad y voluntad de cumplimiento quería hacer constar. Finalmente reiteró la adhesión a SE el Jefe del Estado y Principe de España diciendo que entendía el servicio a Granollers como el más eficiente servicio a España que podía ofrecer y rendir desde su puesto. Pàgina 14 El Concejal Sr Espelt rogó constara en Acta, el sentimiento corporativo por la desgracia del terremoto de Managua, en la República Hermana de Nicaragua, catástrofe que había conmovido la sensibilidad del pueblo español y que Granollers debía sumarse a las manifestaciones de duelo y a la ayuda, generales en toda España. El Iltre. Sr Alcalde se adhirió a las manifestaciones del Concejal Sr Espelt, acordándose por unanimidad trasladar notificación de este acuerdo a la representación diplomática de la Nación Hermana. El Concejal Sr Velayos, informó a la Corporación de que el Jurado designado para la elección del primer turno de selección, para el otorgamiento del título de “Granollerense del año”, había procedido a sucesivas deliberaciones, pudiendo anunciar al Ayuntamiento que dentro de breves días se daría a conocer la lista de los seleccionados y que la velada donde se llevaría a cabo la elección definitiva del “Granollerense del Año”, había procedido a sucesivas deliberaciones, pudiendo anunciar al Ayuntamiento que dentro de breves días se daría a conocer la lista de los seleccionados y que la velada donde se llevaría a cabo la elección definitiva del “Granollerense del Año” se celebraría el próximo día 19 de Enero, por la noche. El Iltre. Sr. Alcalde quiso manifestar su agradecimiento al jurado que había actuado en dicho Premio por cuanto había dado pruebas de gran dedicación, sentido de responsabilidad, y sincero deseo de dar al galardón su justa medida y dimensión, logrando que el título de “Granollerense del Año” se inicie con los mejores auspicios en la vida ciudadana. Y no habiendo más asuntos de que tratar, se levantó la sesión siendo las veintitrés horas de la que se extiendo la presente acta que una vez leída y hallada conforme la firman todos los concurrentes conmigo. Certifico. Pàgina 15 Diligencia.- De conformidad al artículo 238 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, se hace constar que en el folio nº160, vuelto, línea 34, se ha de sustituir lo que dice: “técnicos de este Ayuntamiento” y poner en su lugar: “de transporte urbano de viajeros”. De conformidad al mismo Reglamento y artículo del párrafo anterior, se hace constar que en el folio nº162, líneas 30 y 31, se ha de omitir los inscrito en el paréntesis que dice: “enseres y utillaje de todas calases, así”.
Signatures
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