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Pàgina 1 Acta del Ple del 28 de setembre de 1967
Día 28 de septiembre de 1967 Señores D. Francisco Llobet Arnan Alcalde Presidente Tenientes de Alcalde Señores D. Julián Miralles Bassa D. Juan Grau Gasch D. Juan Sitjes Balllescà Concejales Señores D. Mariano Puig Rovira D. Antonio Galera Domenec D. Juan Bertrán Viñolas D. Jaime Angelet Bosch D. Juan Camins Rivera D. José Estapé Ortafà D. Carlos Lorente Rueda D. José Espelt Suñol Secretario Señores D. José Rierola Alibés Interventor Señores D. Pedro Casanovas Juncosa
En la Casa Consistorial de Granollers, siendo las veinte horas del día veintiocho de septiembre de mil novecientos sesenta y siete, se ha reunido el Ayuntamiento Pleno, para celebrar la sesión ordinaria de primera convocatoria correspondiente al día de hoy. Preside el señor Alcalde Don Francisco Llobet Arnan y asisten los Tenientes de Alcalde, Concejales, Secretario e Interventor, cuyos nombres se expresan al margen. El señor Alcalde da probada y legal excusa de asistencia de los Concejales D. Manuel Badillo Venega y D. Paulino Puig Tuset, que no han podido asistir a la presente sesión por motivos justificados. El señor Alcalde declara abierta la sesión bajo el siguiente Orden del Día: 1- Aprobación del borrador de las actas anteriores. 2- Aprobación de los Decretos dictados por la Alcaldía. 3- Propuesta de la Alcaldía sobre aprobación de la segunda fase de las obras de la piscina de la Zona Deportiva. 4- Propuesta de la Comisión de Urbanización y Obras, sobre introducción de modificaciones en el Plan General de Ordenación. 5- Propuesta sobre adjudicación definitiva del Concurso para la concesión del servicio de transportes urbanos de viajeros. 6- Aprobación definitiva de los Reglamentos de los Patronatos Municipales de Cultura y Arte, y Deportivo. 7- Aprobación definitiva de los Reglamentos, digo, del acuerdo de desafección de un solar en la Plaza de Calvo Sotelo, para la construcción de la Casa Sindical. Pàgina 2 8- Propuesta de la Comisión Informativa de Urbanización y Obras sobre Urbanización del Paseo de la Montaña. 9- Ruegos y Preguntas. Actas.- A continuación el Secretario da lectura a los borradores de las actas de las sesiones ordinaria de 24 del pasado Agosto, y extraordinarias de la misma fecha y de 24 del actual, que son aprobados por unanimidad. Decretos de la Alcaldía.- Se acuerda el enterado de los Decretos dictados por la Alcaldía desde el día 31 del pasado Julio al día 25 de Septiembre actual. Segunda Fase de las Obras de la Piscina.- Es leída una propuesta de la Alcaldía que es defendida por el propio señor Llobet, manifestando que con fecha 25 del pasado Febrero este Ayuntamiento Pleno tomó el acuerdo de conceder autorización al Patronato Deportivo Municipal, para construir una piscina de 50 metros de longitud e instalaciones complementarias en la finca propiedad de este Ayuntamiento, denominada “Parque Deportivo Amateur”, sita en la Avenida de la Victoria de esta Ciudad; y que a su juicio deberían tomarse análogos acuerdos para la construcción de otra llevar a cabo la segunda fase de las obras que comprende el Proyecto al efecto elaborado por los Técnicos Municipales. En su virtud y de acuerdo con dicha Propuesta los reunidos por unanimidad acuerdan: Primero- El Ayuntamiento de Granollers concede autorización al Patronato Deportivo Municipal de Pàgina 3 esta Ciudad, para que pueda construir en la finca que luego se describirá, una piscina de 25 metros de longitud, de acuerdo y con sujeción al Proyecto confeccionado por los Servicios Técnicos Municipales, e instalaciones complementarias, y en su consecuencia para ocupar los terrenos que para ello sean necesarios de la finca propiedad de este Ayuntamiento, denominada “Parque Deportivo Amateur”, situada en la Avenida de la Victoria de esta Ciudad, de superficie 38.614 m²; Lindante por el Norte con la citada Avenida de la Victoria; por mediodía con finca propiedad de “Sucesores de Roca Umbert”, a Oriente con finca de Sucesores de Lorenzo Uyà y José Puntas, mediante colectora; y a Poniente con el rio Congost. La descrita finca figura en el Inventario de bienes municipales con la denominación de “Bienes Patrimoniales, destinado al Servicio Público de Parque Deportivo y se halla inscrita en el Registros de la Propiedad de este Partido, al folio 127, tomo 211 del Archivo, libro 33 de Granollers, finca número 3196, inscripción 5ª. Segundo.- La presente autorización se concede con carácter completamente gratuito, sin que el Patronato Deportivo Municipal tenga que satisfacer para ello alquiler ni merced alguna, y con la condición de que transcurridos 50 años, a partir de la puesta en servicio de la piscina, ésta y sus instalaciones complementarias, pasarán a ser propiedad del Ayuntamiento. Tercero.- Teniendo en cuenta que el Patronato Deportivo Municipal se obliga a aportar para la Pàgina 4 construcción de dicha piscina el 50 por 100 del presupuesto de la obra y que para ello seguramente tendrá que acudir a alguna operación de crédito, el Ayuntamiento se compromete a consignar en sus presupuestos ordinarios como subvención a dicho Patronato, la cantidad necesaria para hacer frente a la amortización del crédito que el Patronato haya formalizado, por capital o intereses. Cuarto.- Asimismo, el Ayuntamiento se compromete por dicha piscina e instalaciones complementarias. Quinto.- Finalmente, se autoriza al propio Patronato Deportivos Municipal para que pueda solicitar y aceptar de los Organismos y Entidades que estime oportunos, las ayudas económicas y subvenciones que le precisen para llevar a cabo la construcción de la piscina y obras complementarias de que se trata. Modificaciones en el Plan de Ordenación Urbana.- El Secretario da lectura a la siguiente Propuesta de la Comisión informativa de Urbanización y Obras: Con fecha 24 de abril último, la Comisión Provincial de Urbanismo y Arquitectura, acordó devolver a este Ayuntamiento sin aprobar, el Plan General de Ordenación Urbana de la ciudad, indicando que debían ser subsanadas las deficiencias encontradas en el Plan presentado y que se detallaban en el escrito remitido a este Ayuntamiento con fecha 16 de mayo último. Desde aquella fecha, por parte de los Servicios Técnicos de este Ayuntamiento, se han estudiado las siete modificaciones interesadas por la Comisión de Urbanismo en el Plan presentado, de las cuales tres de ellas hacen referencia a la anchura de viales, una a la estructuración de viales, otra a zona Pàgina 5 verde de carácter público y las dos restantes a la redacción de las Ordenanzas en lo que hace referencia a la altura edificable y a la edificación en la zona Industrial-Jardín contigua al río Congost. De todos y cada uno de estos puntos se ha efectuado por los servicios técnicos y Comisión de Urbanización y Obras, un detenido estudio del cual resulta el detallado informe que se adjunta a esta propuesta y que se refieren una a una, a las observaciones efectuadas al Plan por la Comisión de Urbanismo y que asimismo quedan detallados en los planos que también se adjuntan, creyendo esta Comisión que con el estudio que se presenta a la aprobación quedan debidamente aunados los intereses urbanísticos del Plan con las observaciones al mismo introducidas. Asimismo, y al efectuarse ya el estudio requerido a consecuencia de las modificaciones interesadas por la Comisión Provincial de Urbanismo, se ha creído oportuno introducir en el Plan otras modificaciones que se consideran muy convenientes y que afectan en su parte principal a las zonas limítrofes con los municipios de La Roca y de Las Franquesas del Vallés, mejorando el interés urbanístico de las citadas zonas como queda reflejado en el informe técnico que se une a esta propuesta. Por ello, esta Comisión de Urbanización y Obras tiene el honor de proponer al Ayuntamiento Pleno se sirva acordar: 1º.- Aprobar las modificaciones introducidas en el Plan General de Ordenación Urbana de la ciudad que fue devuelto a tal fin por la Comisión Provincial de Urbanismos de Barcelona. Pàgina 6 2º.- Exponer las referidas modificaciones al público, y que se sigan los trámites reglamentarios hasta su remisión a la Comisión Provincial de Urbanismo a fin de obtener la superior aprobación de citado Organismo. No obstante, el Ayuntamiento Pleno, con su superior criterio, acordará. Granollers, 25 Septiembre de 1967 El Presidente de la Comisión.- Firmado Ilegible A continuación el propio Secretario da lectura a los siguientes informes de los Servicios Técnicos municipales: Informe relativo al cumplimiento de las modificaciones introducidas en el Plan General de Ordenación de Granollers, en virtud de acuerdo de la Comisión Provincial de Urbanismo de 24 de abril de 1967. La Comisión Provincial de Urbanismo devolvió a éste Ayuntamiento el Plan General de Ordenación de Granollers, revisión de Junio de 1964, para que en el mismo se subsanaran algunas deficiencias de acuerdo con unas observaciones que implican ciertas modificaciones en dicho Plan. Efectuados por los Técnicos municipales que suscriben los trabajos conducentes a señalar dichas modificaciones en el Plan, se ha logrado realizarlo en la forma que se describe en cada uno de los apartados siguientes, que corresponden a los acuerdos de dicha Comisión, en sesión celebrada el 24 de abril último. Con ello se estima que quedan perfectamente aunados los intereses urbanísticos del Plan con las observaciones que en el mismo se han introducido en virtud de dicho acuerdo: Pàgina 7 a).- Se estructura la trama viaria correspondiente a la Zona Industrial Sur en conexión con la estación de la línea de Francia, mediante la creación de un vial de 20 metros de ancho, de dirección Este-Oeste, que arranca de un punto situado en la prolongación de la calle Gerona, unos 130 meros al Sur de la Plaza Serrat y Bonastre, y atraviesa toda la red de calles de dirección meridiana, entre las cuales se encuentran las importantes de Àngel Guimerà, General Mola y Camino Real, alcanzando en su extremo poniente la calle de Roger de Flor. Este eje proporciona un perfecto enlace entre esta zona industrial y el área de la citada estación de Francia, constituyendo además una transversal importante para la Ciudad. La trama viaria de la zona de Ciudad-Jardín del extremo Poniente se organiza en forma que se apoye en un vial rectilíneo de 15 metros de ancho y 1070 metros de longitud, de dirección Norte-Sur, paralelo aproximadamente a la autovía de La Ametlla y a una distancia media de la misma de unos 300 metros. Por el extremo Norte, este vial rectilíneo destaca dentro del término municipal, en dirección a Poniente un enlace con la citada autovía, y hacia Levante dirige una prolongación que termina en el Camino Vecinal de Granollers a Llissà de Munt, que se halla en estudio por la Dirección de Obras Públicas de la Diputación de Barcelona. En el extremo Sur, este vial rectilíneo termina por una plaza circular, de la que parten tres viales importantes, uno de los cuales afluye a la Carretera N-125- de Barcelona a Puigcerdà, en el Coll de la “Maña”, y los otros dos van a parar a la citada autovía en puntos convenientemente separados, Pàgina 8 uno de ellos fuera ya del Término Municipal. b).- Al confeccionarse la revisión del Plan de Ordenación de Granollers, se hallaba en estudio el Proyecto de encauzamiento del río Congost a su paso por la Ciudad. Últimamente este Proyecto ha sido terminado, y e realizará con características semejantes a las de canalización del río Besos y su afluente Ripoll, en Moncada-Reixach. Es preciso pues adaptarse a las líneas señaladas en los planos que, de conformidad con la Confederación Hidrográfica del Pirineo Oriental, definen el trazado del encauzamiento. Situado este trazado sobre el Plan de Ordenación se observa que en principio es posible respetar en grandes tramos, y precisamente en los puntos fundamentales de separación de vivienda e industria, el espacio libre destinado a zona verde de carácter público señalado por el acuerdo de la Comisión de Urbanismo. Pero aguas abajo del puente de la carretera N-125 se observa una marcada sin flexión del trazado señalado en el Proyecto, que se encamina mucho más hacia el Oeste de lo que se había marcado inicialmente. En este sector es pues de ubicación prácticamente imposible la citada faja de espacio libre paralelo al río, que ya la ocupa el camino de acceso a las industrias del complejo Saula-Spar-Espona que en su día autorizó la Comisión de Urbanismo. En cambio se da la feliz circunstancia de que en la margen izquierda del río existe una área de huertos arcifinios, que configuran un trapecio de una base mayor de 500 metros y una altura de 200 metros, abarcando un total de unas 8 hectáreas que pueden en este tramo sustituir y complementar en parte la citada franja verde. Pàgina 9
c).- Se corrigen las Ordenanzas del Plan General, ajustándolas a los preceptos del Plan Provincial, en la forma que se adjunta. d).- Se formula asimismo, en nota adjunta, la normativa para la zona de industria contigua al Congost, que se denomina Zona de Industria- Jardín Especial. e).- Se amplia y regulariza el ancho de la calle Torres y Bages desde el puente de la carretera de Caldas (al Oeste) hasta la Avenida del Generalísimo (al Este), a 20 metros entre fachadas, y se prolonga su trazado hasta la calle de Gerona, con el mismo ancho. f).- Se modifica la calle de Fomento, como constitución de la Avda de la Victoria, dándole un ancho de 20 metros, hasta la calle de Gerona. g).- Se modifica la calle Francisco de Asís Ribas dándole un ancho regular de 20 metros a partir de la vía perimetral de la Ciudad (al Este), hasta su cruce con la Avda del Generalísimo (Carretera N152) y se proyecta su continuación hacia el Oeste, con el mismo ancho de 20 metros, apoyándose sobre la actual calle de Ramón Llull. Se estima que con las anteriores modificaciones el Plan General de Ordenación de Granollers ha alcanzado en su estudio una madurez suficiente para que resulte ser, en los momentos presentes, el instrumento idóneo para un brillante y eficaz actuación urbanística. Granollers, 25 de Septiembre de 1967 El Arquitecto Municipal, Urbanista Diplomado El Ingeniero Municipal, Urbanista Diplomado Pàgina 10 modificación a las normas del Plan General de Ordenación de Granollers. El Art. 17 se considerará redactado en los siguientes términos: Art.º 17º Alturas reguladoras. Las Alturas reguladoras de la edificación serán variables, dependiendo principalmente del ancho de la calle donde den frente los edificios, y, en algunos casos, de la ordenación urbana prevista. Cuando no se determine de otro modo en la Zona correspondiente, la altura reguladora máxima en edificación continua será la siguiente: Ancho de la calle Altura en metros Hasta 8 metros 7’50 De más de 8 m a 10 m 10’50 De más de 10 m a 15 m 13’50 De más de 15 metros 16’50 Además, sobre estas alturas reguladoras podrá construirse una sola planta de ático retrasada tres metros de la alineación oficial de la calle. La altura de las edificaciones con frente a dos o más calles de distinto ancho, formando esquina o chaflán, será la que corresponda a la calle de mayor ancho. Con esta altura podrán edificarse las fachadas con frente a las calles de menor ancho adyacentes a la principal, en longitudes máximas a partir de la esquina o chaflán, según el menor de estos límites: a).- Con longitudes no superiores a la que tenga la profundidad edificable de la manzana. b).- Con longitud no superior a 20 metros cuando la manzana sea edificable totalmente, a los efectos del artº 9º de las presentes Normas. Pàgina 11 La altura máxima de la edificación en las plazas será la correspondiente a la calle de mayor ancho que a la misma concurra, excepto cuando la ordenación estética o solución urbanística prevista disponga alturas diferentes a las reguladas. Zona 14 bis- Industria-Jardín Especial Art 154 bis- Ámbito. Comprende la zona de industria contigua al río Congost, entre este y la vía férrea de Barcelona a Puigcerdà en su orilla derecha, y entre el río y el antiguo Camino Real en su orilla izquierda. Art. 155 bis.- Alineación de edificaciones. Las edificaciones que se construyan en esta zona deberán separarse de la alineación oficial de las calles principales de 10 metros por lo menos, de las calles secundarias o lindes con vecinos de 3 metros por lo menos. Art. 156 bis.-Altura de las edificaciones La altura de las edificaciones será libre, y en función de la industria que le corresponda. Sin embargo las construcciones a levantar en esta zona no excederán en volumen al que resulte de aplicar el coeficiente de edificabilidad de 8 m3/m² a la superficie edificable de cada parcela. Art. 157 bis.- Ocupación de la parcela. Las construcciones que se levantan en esta zona no podrán ocupar más del 70% (setenta por cien) de la superficie total de la parcela, cuando su superficie sea inferior a 3000 metros cuadrados. Para todos los restantes extremos son de aplicación los correspondientes de la Zona 14- Industria-Jardín. Informe referente a modificaciones introducidas en el Plan General de Ordenación de Granollers. Pàgina 12 Además de las modificaciones efectuadas a indicación de la Comisión Provincial de Urbanismo para subsanar deficiencias, se introducen otras que se consideran convenientes después de conversaciones y estudios tenidos con los Sres Técnicos de la Comisión Provincial de Urbanismo y municipales de los Ayuntamientos limítrofes de La Roca y Las Franquesas. El Este de la línea férrea Barcelona-Gerona, se elimina una zona de Ciudad-Jardín, que la experiencia ha demostrado que era inoperante como tal, zonificándola como Residencial-Intensiva, de acuerdo con la corriente de expansión urbana que la ciudad siente hacia el Este, y con las previsiones que se están estudiando en el municipio de La Roca del Vallés. Se reserva una amplia zona de Campo Urbanizable, para poder orientar la zonificación, en un futuro, con mejor conocimiento de causa. En la zona más oriental de todo el Término Municipal, al Este del Cementerio, se establece una zona de Industria-Jardín para poder ubicar actividades que, por su calificación según el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas de 30 de noviembre de 1961, deben alejarse del núcleo de densa población. Siguiendo indicaciones de la Oficina Técnica de la Comisión de Urbanismo, Plan Provincial, se han reducido en todo lo posible dentro de la zona urbana aquellos sectores que estaban calificados como de Tolerancia Industrial, y en los que las industrias que las ocupan han podido ser desplazadas a zonas idóneas, pasándolas a zonificación residencial (Ensanche y Residencial Intensiva, según su Pàgina 12 situación.) Granollers, 25 Septiembre de 1967 El Arquitecto Municipal, Urbanista Diplomado. Firmado: Ilegible El Ingeniero Municipal, Urbanista Diplomado. Firmado: Ilegible Defiende la Propuesta y los informes, el propio señor Alcalde, manifestando que con ello se piensa dar fin al Plan de Ordenación Urbana de esta Ciudad, ya que con los estudios realizados y las modificaciones introducidas cree que ya no habrá ningún inconveniente para que sea aprobado por la Comisión Provincial de Urbanismo. Con ello se habrá culminado un trabajo importantísimo para esta Ciudad ya que permitirá al Ayuntamiento disponer de un instrumento urbanístico apto para el desarrollo de esta Ciudad durante un considerable número de años. Y por ello propone que, de conformidad a la Propuesta de la Comisión de Urbanización y obras sean aprobadas las modificaciones introducidas en el Plan de acuerdo con los informes técnicos que acaban de ser leídos. En su consecuencia, los reunidos por unanimidad acuerdan: Primero.- Aprobar las modificaciones introducidas en el Plan General de Ordenación Urbana de la Ciudad de Granollers, que fue devuelto a tal fin por la Comisión Provincia de Urbanismo de Barcelona, por acuerdo de fecha 24 del pasado Abril, de conformidad a los informes emitidos por los Técnicos Municipales. Segundo.- Exponer al público las referidas modificaciones, por el plazo de un mes, dentro del cual podrán presentarse las observaciones o reclamaciones que se estimen oportunas, solamente con referencia o contra las indicaciones modificaciones, pasado cuyo plazo será remitido el expediente a Pàgina 14 a la referida Comisión Provincial de Urbanismo, a los efectos de su aprobación. Aprobación definitiva de los Estatutos de los Patronatos Municipales de “Cultura y Arte” y “Deportivo”.- El Secretario da cuenta de que ha finalizado el plazo de exposición al Público de los Estatutos de los Patronatos Municipales de “Cultura y Arte”y “Deportivo” de esta Ciudad, sin que se haya presentado ninguna reclamación u observación, y lo pone a conocimiento de la Corporación a todos los efectos. Los reunidos por unanimidad acuerdan: Dar por definitivamente aprobados dichos Estatutos y remitirlos a la Superioridad para que los refrende con su autorización Adjudicación definitiva del concurso sobre transporte urbano de viajeros.- La presidencia manifiesta que es retirado de la Orden del Día el pertinente dictamen, para ser estudiado más detenidamente. Aprobación definitiva de la desafección de un solar de Plaza Calvo Sotelo.- El Secretario da cuenta de que ha finalizado el plazo de exposición al público del acuerdo municipal de fecha 6 del pasado Julio, sobre desafección del uso público de plaza, a que estaba destinado de un solar situado en la Plaza Calvo Sotelo de esta Ciudad, para ser destinado a la construcción del edificio de Casa Sindical Comarcal, sin que durante dicho plazo se haya presentado ninguna reclamación u observación, y lo pone en conocimiento de los reunidos a fin de que, si lo consideran conveniente, den por acordada dicha desafección de un modo definitivo. Pàgina 15 Los reunidos, por unanimidad, acuerdan: Primero.- Dar por definitivo el acuerdo adoptado en sesión celebrada por Ayuntamiento Pleno el día 6 del pasado Julio, y en su consecuencia dar por desafectado del servicio público de plaza, una extensión de terreno situado en la Plaza Calvo Sotelo de esta Ciudad, de conformidad a la descripción que del mismo seda en el expresado acuerdo, e inscribir dicha finca en el Inventario de Bienes Patrimoniales del Municipio, con la calificación de Bienes de Propios. Segundo.- Una vez cumplimentado el anterior acuerdo, solicitar la inscripción de la expresada finca en el Registro de la Propiedad de este Partido. Urbanización del Paseo de la Montaña.- Es leída una propuesta de la Comisión Municipal de Urbanización y Obras en la cual se manifiesta que siguiendo las directrices trazada por el Ayuntamiento respecto a la política de pavimentaciones de todo el casco urbano de la Ciudad, se presenta a la aprobación del Ayuntamiento Pleno el Proyecto completo de urbanización y pavimentación del Paseo de la Montaña; proyecto que supera a casi la totalidad de los hasta ahora presentados, tanto por su importancia urbanística como por la envergadura económica de su ejecución. Defiende la propuesta el señor Alcalde, expresando que este Proyecto es quizá el de mayor envergadura si exceptuamos el de urbanización de las calles de Gerona y de Roger de Flor, y por ello propone su aprobación. En su consecuencia los reunidos por unanimidad acuerdan: Pàgina 16 Primero.- Aprobar el Proyecto elaborado por los técnicos municipales de urbanización del Paseo de la Montaña en toda su extensión, y uniendo por tanto la calle José Umbert con la Avda de Francisco Ribas. El presupuesto general importa la cantidad de 12.609.035 Ptas. Segundo.- Que la presente aprobación tiene el carácter de inicial, y por consiguiente se abrirá información pública en la forma reglamentaria, para que durante el plazo de un mes puedan presentarse con referencia a dicho Proyecto las observaciones o reclamaciones que se crean convenientes. Ruegos y Preguntas.- A propuesta del Teniente de Alcalde señor Miralles, se acuerda hacer constar en acta el sentimiento de la Corporación por el fallecimiento de Doña Francisca Llobet Sastre tía del señor Alcalde Presidente de este Ayuntamiento. El señor Llobet agradece profundamente los sentimientos de la Corporación Municipal. Y después de ser acordado que la próxima reunión ordinaria del Ayuntamiento Pleno se celebrará el último jueves del próximo mes de Octubre, y no habiendo otros asuntos a tratar, se levantó la sesión a las veinte horas cincuenta y cinco minutos, de la que se extiende la presente acta que firman todos los asistentes; doy fe.
Signatures
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