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Pàgina 1 Acta del Ple del día 24 de setembre del 1964 Sessió ordinaria Día 24 de Septiembre de 1964 Persones: Francisco Llobet Alcalde-Presidente Tenientes de Alcalde: D. Jaime Catafal D. Gabriel Montagud D. Vicente Piqué Concejales: D. Miguel Arenas D. Julián Miralles D. Francisco Ribas D. Joaquín Font D. Carlos Lorente D. Manuel Badillo D. Juan Grau D. Jaime Orten D. Juan Sitjes Secretario: D. José Rierola Interventor: D. Pedro Casanovas En la Casa Consistorial de Granollers, siendo las veinte horas del día veinticuatro de septiembre de mil novecientos sesenta y cuatro, se ha reunido el Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria de primera convocatoria bajo la presidencia del Sr. Alcalde D. Francisco Llobet Arnán, la asistencia de los Sres. Tenientes de Alcalde, D. Jaime Catafal Oller, D. Gabriel Montagud Galán y D. Vicente Piqué Estruch, y la de los señores Concejales señalados al margen. El Sr. Alcalde da legal y probada excusa por la falta de asistencia del Teniente de Alcalde D. Jorge Camp Puigdoménech así como de los señores Concejales D. Jorge Gimeno Luis y D. Ramón Valls Boran. Seguidamente el Iltre. Sr. Presidente del Consistorio declara abierta la sesión bajo la siguiente ORDEN DEL DÍA 1º Aprobación de la minuta del acta de la sesión anterior. 2º Decretos de la Alcaldía 3º Propuesta de la Alcaldía sobre ofrecimiento a la Dirección General de Correos y telecomunicaciones de un solar adecuado para la construcción de un edificio destinado a estos servicios. 4º Propuesta de la Alcaldía sobre modificación de algunos artículos del Reglamento de la Escuela Municipal del Trabajo. 5º Propuesta de la Alcaldía sobre nombramiento de Director honorario de dicha escuela. 6º Propuesta de la Alcaldía sobre renovación del Patronado de la misma escuela. 7º Propuesta de la Alcaldía sobre nueva organización de la liquidación del arbitrio de Plus Valía. 8º Propuesta de la Alcaldía sobre Cooperación Provincial. 9º Propuesta de los Servicios de Hacienda sobre concierto fiscal del arbitrio sobre reparto de propaganda en la vía pública a D. Jaime Viñallonga Borrell. 10º Propuesta de la misma Comisión sobre revisión del vigente Contrato suscrito con las Empresas “Estabanell y Pahisa S.A.” y “Fuerzas Eléctricas de Cataluña, S.A.” para suministro de fluido de alumbrado público, dependencias oficiales y Pàgina 2 fuerza motriz. 11º Ruegos y Preguntas. ACTA. - Dada lectura a la minuta del acta de la sesión anterior del pasado día 20 de Agosto, es aprobada por unanimidad. Asimismo son aprobadas por unanimidad las minutas de las actas de las sesiones extraordinarias celebradas los días 3 y 10 del actual. DECRETOS DE LA ALCALDÍA. - Se acuerda el enterado de los decretos dictados por la Alcaldía desde el día 19 de pasado Agosto hasta el 21 del actual Septiembre. OFRECIMIENTO DE UN SOLAR PARA CORREOS Y TELECOMUNICACION-. – A propuesta de la Alcaldía se acuerda: 1º. - Se acuerda en principio ceder al Estado un solar de 500 m2 de superficie aproximada, situado en el paraje de las plazas de Barangé y Calvo Sotelo, de esta ciudad. 2º. – Encargar a los técnicos municipales la redacción de un dictamen expresivo y descriptivo del emplazamiento exacto de dicho solar dentro de la zona expresada, de común acuerdo con los técnicos de la Dirección General de Correos y Telecomunicaciones. 3º. – Que una vez emitido dicho dictamen sea sometido con la correspondiente propuesta a la consideración del Ayuntamiento Pleno, para tomar el acuerdo definitivo y poder iniciar los trámites necesarios para llevar a la práctica la formalización de cesión. MODIFICACIÓN DE ARTÍCULOS DEL REGLAMENTO DE LA ESCUELA DEL TRABAJO. – Es leída la siguiente propuesta de la Alcaldía: Los largos años de vigencia que lleva el Reglamento del Centro Escuela Municipal del Trabajo de Granollers, reconocido por el Ministerio de Educación Nacional y dependiente de este Municipio, y la integración de dicha Escuela en el Centro de Formación Profesional Industrial, aconsejan a esta Alcaldía proceder a la reforma de algunos artículos del mismo, y de un modo particular de los de hacen referencia a la Constitución del Patronato por el que se rige dicho Centro, y a la forma de designar los miembros del Pàgina 3 mismo. Por ello, y después de detenido estudio y de haber oído el parecer de las personas que conocen más profundamente el funcionamiento de la Escuela, esta Alcaldía tiene el honor de proponer al Ayuntamiento Pleno, la aprobación de las notificaciones que se expresarán del repetido Reglamento, y en su consecuencia que se digne acordar: PRIMERO: En lo sucesivo el Art. 3º de dicho Reglamento quedará redactado en la siguiente forma. ARTICULO 3º. - La Junta de Gobierno estará compuesta por: Un presidente Dos vice-presidentes Un secretario Un tesorero-administrador El Excmo. Ayuntamiento elegirá, a propuesta de la Alcaldía, las personas que deban ocupar estos cargos. El mandato de los mismos será de cuatro años. Serán renovados cada dos años por mitad, eligiéndose en el mismo año el Presidente y el Secretario y en la elección posterior el Vice-presidente 2º y el Tesorero-administrador. La Vice-presidencia 1ª será desempeñada por un Concejal del Excmo. Ajuntamiento y por tanto su nombramiento es independiente de estas renovaciones de la junta. No obstante lo anteriormente indicado, el Ayuntamiento podrá en cualquier momento relevar a cualquiera de los componentes de dicha junta de Gobierno y designar a las personas que hayan de sustituirlas o reemplazarlas, y se procurará que entre los restantes figuren personas de la mayor representación de la industria y del comercio local. En la 1ª renovación se renovarán el Vice-presidente 2º y el Tesorero-Administrador. SEGUNDO: Se añadirá al articulado del propio Reglamento el siguiente artículo. ARTICULO 4º. – Formará parte del Patronato de la Escuela Municipal del Trabajo, el Director Honorario de dicho Centro docente, el cual desempeñará uno de los cargos que integran la junta de Gobierno de dicho Patronato. El Director Honorario, además de las prerrogativas inherentes al cargo que desempeñe en el Patronato, tendrá las siguientes atribuciones: a). – Ser miembro de todas las Comisiones que en su seno Pàgina 4 el Patronato. b). – Por su experiencia y conocimiento de los problemas docentes que afectan a la Formación Profesional, deberá estar en contacto con la Dirección de la Escuela, al objeto de coordinar la acción del Patronato a este respecto; tal labor no ha de representar merma alguna de las atribuciones especificas del Director de la Escuela. c). – Podrá recopilar en colaboración también con otros miembros del Patronato cuantos datos interesen a dicho Organismo, para el mejor estudio de los problemas que puedan plantearse formándose así un fondo documental. La existencia de tal base documentaria, dará indudablemente continuidad y eficacia a las tareas de los Patronatos que sucesivamente vayan rigiendo la Escuela. TERCERO. - En todo lo demás queda subsistente y en vigor el referido Reglamento corriéndose la numeración a partir del artículo 4º de los restantes artículos del mismo. No obstante el Ayuntamiento Pleno con su superior criterio, acordará lo que estime procedente. - Granollers a 22 de Septiembre de 1964. - Firmado. - Fco. Llobet Arnán. Defiende la propuesta el propio Sr. Alcalde en el sentido que ha estimado conveniente que la renovación de la junta de Gobierno tenga lugar por mitad de los miembros de la misma, a fin de que el régimen del Patronato pueda desarrollarse sin solución de continuidad; y que también ha estimado muy necesaria la creación del cargo de Director Honorario de dicha Escuela a fin de que se constituya en enlace entre el Patronato y la Escuela y al objeto de que no surjan divergencias entre Ambos organismos. Se acuerda aceptar en toda su integridad la moción del Sr. Alcalde y adoptar los acuerdos que en la misma se proponen. NOMBRAMIENTO DE DIRECTOR HONORARIO DE LA ESCUELA DEL TRABAJO. – Se da lectura a la siguiente propuesta de la Alcaldía elativa a la designación de D. Esteban Durán Serra para el cargo de Director honorario de la Escuela Pàgina 5 Municipal del Trabajo. “Este Ayuntamiento Pleno acaba de conceder su aprobación a una Propuesta de esta Alcaldía, modificando el Art.º 3ºy añadiendo el Art.º 4º en el vigente Reglamento por el que se rige la Escuela Municipal del Trabajo de Granollers. En virtud de tales propuestas y acuerdo se ha establecido que en lo sucesivo formará parte del Patronato de dicha Escuela, la directora Honorario de dicho Centro docente, el cual será también miembro de la junta de Gobierno del Patronado, recayendo sobre él uno de los cargos que integran la junta de Gobierno, y seguidamente se detallan y establecen las atribuciones que le corresponderán. Procede, por consiguiente, designar a la persona más idónea para desempeñar dicho cargo de Director Honorario de la expresada Escuela. Entiende esta Alcaldía que nadie más indicado para tal nombramiento como DON ESTEBAN DURAN SERRA, sobradamente conocido de todos los miembros de esta Corporación Municipal. El Sr. Durán fue profesor de la Escuela Municipal del Trabajo desde la primavera del año 1936, y a la edad de 18 años. En el año 1937, en plena Guerra Civil, fue nombrado Secretario Acctal. De la Escuela, cargo que desempeñó hasta la fecha de su movilización. Fue el principal elemento motor y la persona que coordinó todos los esfuerzos para la resurrección de la Escuela Municipal del Trabajo, una vez terminada la Guerra de Liberación, iniciándose nuevamente las clases durante el curso 1940-41. Entonces ya fue nombrado Secretario, cargo de desempeño ininterrumpidamente durante casi 22 años, hasta el mes de Marzo de 1962, en que, y en sesión celebrada por el Ayuntamiento Pleno del día 29 de dicho mes, y a propuesta del Sr. Alcalde D. Carlos Font Llopart, fue nombrado Director de la misma. Son de señalar las palabras que el Sr. Font dedica al Sr. Durán en su propuesta cuando dice: “El Sr. Durán por su titularidad y conocimiento en lo que a Formación Profesional Industrial se refiere, por su antigüedad en la Escuela (en la que lleva más de 20 años ejerciendo el Cargo de Secretario del Claustro de Profesores), por sus Pàgina 6 innegables dotes de organización y de mando, y por un sinfín de circunstancias que no se considera detallar, parece sin duda la persona e más idoneidad para encargarle la dirección de la Escuela, en una coyuntura de tanta transcendencia e importancia, cual es la actual”. Este cargo de Director lo desempeño el Sr. Durán hasta el mes de Marzo de 1963, en que cesó, a petición propia, una vez instalada, organizada y en funcionamiento la nueva Escuela de Formación Profesional Industrial. Por tales razones estima el Alcalde que suscribe, que ninguna persona reúne tan estimables condiciones para ostentar el cargo de Director Honorario de la Escuela Municipal del Trabajo, no solamente teniendo en consideración los méritos que suscitamente se han expuesto sino que por su gran actividad y conocimiento de tales materias es lógico esperar que su nombramiento habrá de redundar en beneficio de la labor futura de la Escuela. En su virtud, esta Alcaldía tiene el honor de proponer al Pleno de la Corporación Municipal la adopción del siguiente acuerdo: Es nombrado Director Honorario de la Escuela Municipal del Trabajo de esta Ciudad, con carácter vitalicio, Don Esteban Durán Serra, y con las atribuciones que señala detalladamente el Art.º 4º del Reglamento por el que se rige dicho Patronato, y cuyo artículo ha sido aprobado por este Ayuntamiento en esta misma sesión. Además de dichas atribuciones, gozará de los siguientes derechos y prerrogativas: a) Será miembro del Patronato de la Escuela Municipal del Trabajo, ocupando un cargo dentro e la junta de Gobierno. b) Será invitado a todas las reuniones del claustro de profesores, Consejo de Dirección, etc. enviándosele copia del Orden del Día. En el caso de que asista a la reunión ocupará el lugar que jerárquicamente le corresponde, presidiéndola junto con el Director de la Escuela. c) Deberá ser invitado a todos los actos, conmemoraciones, Pàgina 7 celebraciones, visita de autoridades, etc., que organice o se realicen en la Escuela. No obstante el Ayuntamiento Pleno, con su superior criterio, acordará lo que estime más conveniente. - Granollers, 24 de septiembre de 1964. – Firmado. El Alcalde. – Fco. Llobet Arnán. Se acuerda por unanimidad aceptar la transcrita moción de la Alcaldía y adoptar los acuerdos que en la misma se proponen. RENOVACIÓN DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA ESCUELA MUNICIPAL DEL TRABAJO. – Se da lectura a la siguiente propuesta de la Alcaldía designando los miembros que en lo sucesivo habrán de constituir la junta de gobierno de la Escuela Municipal del Trabajo. “Como consecuencia de las propuestas de esta Alcaldía relativas a la modificación del articulado del actual Reglamento del Patronato de la Escuela Municipal del Trabajo y el nombramiento de un Director Honorario del mismo, esta Alcaldía estima también conveniente proceder a la renovación total del Patronato. Considerando el largo periodo de tiempo que lleva funcionando. En efecto, no solo terminó el mandato o tiempo legal de funcionamiento del Patronato, sino que dicho periodo de tiempo se prolongó de petición de la propia Alcaldía como a consecuencia de la construcción del nuevo edificio de la Escuela de Formación Profesional y para hacer frente a la ímproba labor que suponía el traslado de la Escuela del Trabajo a la nueva edificación. Por ello considera esta Alcaldía llegado el momento relevar al expresado Patronato del gran trabajo que todo ello ha implicado, haciendo constar expresamente que agradece de una manera muy cordial y sincera el apoyo que en todo momento le han prestado los miembros del mismo y el trabajo que constantemente ha realizado y que, nadie, como la propia Alcaldía, puede valorar y aquilatar en su justa medida. Debido a tales consideraciones y después de estudiar concienzuda y profundamente esta cuestión, el infrascrito Alcalde tiene el honor de proponer al Ayuntamiento Pleno la adopción del siguiente acuerdo: PRIMERO: Se designa para constituir la junta de Gobierno del Patronato de la Escuela Municipal del Trabajo de Gra- Pàgina 8 nollers, a los siguientes señores: Presidente – D. Pedro Plana Martí Vice-Presidente 1º - El Concejal D. Gabriel Montagud Galán Vice-Presidente 2º - D. Esteban Durán Serra Secretario – D. Baltasar Porredón Salellas Tesorero-Administrador – D. José Garriga Ambrós SEGUNDO. – Los demás miembros del Patronato se designarán en la forma reglamentaria. TERCERO. - Se agradece a los actuales miembros de la junta de Gobierno y del Patronato que deben cesar como consecuencia de los precedentes acuerdos, la magnifica labor que han desarrollado al frente de la Escuela, y gracias a la cual y a su constante celo y competencia, ha sido posible que dicho Centro docente llegase a su actual estado de esplendor. Dichos señores cesantes son los siguientes: D. Juan Torras Serratacó, D. Juan Casals Roca Umbert, D, Vicente Vallbona Calbó, D. Jaime Segalés Marcó, D. Jaime Orten Figueras, D. Baltasar Porredón Salellas, D. Emilio Botey Alsina y D. José Bellavista Bot. No obstante el Ayuntamiento Pleno con su superior criterio acordará lo que estima procedente. Granollers, 22 de Septiembre de 1964-. – Firmado. - El Alcalde. – Fco. Llobet Arnán.” Defiende la propuesta el propio Sr. Alcalde detallando los méritos que a su juicio reúnen las personas cuyo nombramiento propone y se acuerda aceptar la moción de la alcaldía y en su consecuencia aceptar todos los acuerdos que en la misma se proponen. NOMBRAMIENTO DE LIQUIDADOR DEL ARBITRIO DE PLUS VALIA. – Se da lectura a la siguiente propuesta de la Alcaldía relativa al nombramiento del Abogado de Barcelona D. Luis Acuña Tomás, como liquidador del Arbitrio sobre incremento del calor de los terrenos: (“La Comisión)” Siguiendo las normas que actualmente siguen la mayor parte de Ayuntamientos, de que la Pàgina 9 persona encargada de la liquidación del Arbitrio sobre incremento de valor de los terrenos (Plus Valía) no sea un funcionario municipal, sino un técnico o profesional especialmente dedicado a esas cuestiones, después de oído el parecer del Secretario e Interventor Municipales, hasta la fecha liquidadores de tal arbitrio y haciendo constar expresa y previamente que la presente propuesta no significa nada en absoluto que implique desconsideración hacia dichos funcionarios, antes al contrario manifestando que los mismos han llevado a cabo su gestión de liquidadores con el mayor celo y competencia; esta Alcaldía se ha puesto en contacto con el abogado de Barcelona Don Luis Acuña Tomás, especializado en asuntos administrativos y singularmente en los del Arbitrio de Plus Valía, para que se encargara de la liquidación del de este Ayuntamiento, tal como ya verifica en otros Ayuntamientos de esta región, y habiendo llegado a un principio de acuerdo, tiene el honor de proponer al Ayuntamiento Pleno la adopción del siguiente acuerdo: Primero. - Se nombra liquidador del arbitrio sobre incremento de valor de los terrenos (Plus Valía) de este Ayuntamiento, al abogado de Barcelona Don Luis Acuña Tomás. Segundo. – Dicho señor percibirá en concepto de honorarios el cuatro por ciento de las cantidades que se liquiden por tal concepto. Tercero. - Dicho nombramiento se entiende verificado por el plazo de un año, prorrogable por la tácita reconducción por otro año más y así sucesivamente, hasta que cualquiera de las partes avise a la otra su intención de darlo por terminado con tres meses de anticipación a la terminación del plazo o cualquiera de sus prórrogas. Cuarto. – Se faculta expresamente al Señor Alcalde para que pueda firmar con el señor Acuña el correspondiente contrato, con las condiciones expresadas y aquellas otras complementarias que, dentro de las normas que acaban de señalarse sean necesarias o convenientes. No obstante el Ayuntamiento Pleno, con su superior criterio, acordará lo que estime procedente. Granollers 22 de septiembre de 1964. El Alcalde. - Firmado. - Fco. Llobet Arnán. Pàgina 10 Manifiesta el Sr. Alcalde que antes de pronunciarse el Consistorio sobre la propuesta que acaba de leerse, quiere que resalte de una manera bien clara y terminante que la adopción de ellos acuerdos que en su moción se proponen no implican ninguna clase de desconsideración hacia el Secretario e Interventor de este Ayuntamiento que hasta hace poco han sido los liquidadores de los arbitrios de plus valía, muy al contrario quiere que conste que lo han verificado siempre con gran competencia. Los reunidos por unanimidad acuerdan aceptar la moción del Sr. Alcalde y adoptar en toda su integridad los acuerdos que en la misma se proponen. PROPUESTA SOBRE EL PLAN DE COOPERACIÓN PROVINCIAL. – A propuesta de la Alcaldía que es defendida y explicada por el propio Sr. Alcalde, se acuerda por unanimidad, dirigirse ala Excma. Diputación Provincial solicitando que, si es posible, se incluya dentro del Plan de Cooperación Provincial 1964-65 una ayuda económica para llevar a acabo un proyecto de nuevas instalaciones de alumbrado y modernización de las ya existentes en varios sectores de esta Ciudad, por el presupuesto total de obra a realizar de 3.500.000 pesetas. CONCIERTO FISCAL CON D. JAIME VIÑALLONGA BORRELL. – A propuesta de la Comisión de Hacienda se acuerda conceder un concierto para pago del arbitrio sobre reparto de propaganda en la vía pública a D. Jaime Viñallonga Borrell, en representación de la empresa T.Y.E.P. con arreglo a las siguientes bases: 1ª). – El concierto se establece con razón de los derechos (….) por reparto de un opúsculo semanal que se publica los jueves al objeto de orientación del público visitante del mercado semanal. 2ª). – El tipo es de 500 pesetas anuales. 3ª). – El plazo de vigencia será el de 15 meses a partir de 1º de Octubre próximo, prorrogable por años naturales salvo aviso rescisorio con tres meses de anticipación a la terminación Pàgina 11 del Concierto o de cualquiera de sus prorrogas. 4º) . – El pago se realizará por semestres vencidos, salvo el primer trimestre de vigencia del contrato, en que el pago será por el periodo de tres meses. 5º). – La fianza será de 41’66 pesetas equivalente a la cuota de un mes. Por parte de Secretaria se procederá a la redacción del correspondiente Contrato. RESCISION DE CONTRATO DE SUMINISTRO DE ELECTRICIDAD. – Es leída la siguiente propuesta de la Comisión de Hacienda: “La Comisión de Hacienda que suscribe, ha examinado la situación actual de los contratos vigentes, con las Compañías suministradoras de fluido eléctrico. El constante aumento de las instalaciones de alumbrado público y el aumento de consumo que ha representado en un notable incremento en el coste del servicio, ha llevado a esta Comisión al convencimiento de que ha quedado desactualizada la regulación de las relaciones entre las compañías suministradoras y el Ayuntamiento. Por todo lo cual, la Comisión de Hacienda que suscribe, tiene el honor de proponer al Ayuntamiento Pleno, para que dentro el plazo establecido y con efectos a partir de 1º de Enero de 1965. 1º. – Se acuerde la rescisión del contrato vigente con las Compañías suministradoras de fluido eléctrico, para el servicio de alumbrado público, de dependencias oficiales y fuerza motriz. 2º. – Se acuerde asimismo la rescisión del Concierto Fiscal para exacción de arbitrios otorgado en atención a la vigencia del contrato expresado en el párrafo anterior. No obstante el Ayuntamiento Pleno, con su superior criterio acordará lo que en justicia estime más oportuno. Granollers, 21 de Septiembre de 1964. – El Teniente de Alcalde de Hacienda Presidente de la Comisión. - Firmado. - Jaime Catafal Oller. –“ La defiende el Sr. Catafal manifestando que si bien el contrato vigente era del año 1960, desde entonces ha aumentado considerablemente el suministro de fluido eléctrico a industriales Pàgina 12 y para usos domésticos y la población ha experimentado un incremento tan considerable, que el concierto actual entiende, que es completamente inadecuado. El Señor Alcalde abunda en idénticos razonamientos en defensa de la proposición y espera que ya que el Ayuntamiento ha hecho muchos esfuerzos en orden al desarrollo y embellecimiento de la ciudad, espera que las compañías suministradoras prestarán también su colaboración a la labor del Ayuntamiento. Los reunidos por unanimidad aceptan la proposición de la Comisión de Hacienda y en su virtud adoptan todos los acuerdos que en la misma se proponen. Asimismo se acuerda que se de traslado de los acuerdos a las Compañías de Fuerzas Eléctricas de Cataluña, S.A., y Estabanell y Pahisa, S.A. con anterioridad al día 30 del actual. Y no habiendo ningún ruego ni pregunta a efectuar ni otros asuntos a tratar se levanta la sesión a las veinte horas cincuenta y cinco minutos de la que se extiende la presente acta que firman todos los concurrentes. Doy fe. Signatures
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